I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Procedimientos administrativos. Gestión informatizada. (BOE-A-2021-3421)
Orden ISM/189/2021, de 3 de marzo, por la que se regula el Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 5 de marzo de 2021

Trámites

Presentar solicitudes, realizar
alegaciones o aportar elementos
de prueba

Recibir
notificaciones
comunicaciones

y

Presentar
reclamaciones
y
recursos, realizar alegaciones y
recibir
notificaciones
o
comunicaciones

Sec. I. Pág. 25955

Descripción
El apoderado puede presentar, subsanar o completar solicitudes, escritos, declaraciones y
comunicaciones, acompañando, en su caso, los documentos acreditativos requeridos o
que considere oportunos. También puede desistir de las solicitudes presentadas.
Igualmente puede aportar a un procedimiento administrativo datos, documentos y
elementos de prueba, formular alegaciones y, en su caso, participar en el trámite de
audiencia.
Asimismo, puede realizar cualquier otro trámite o actuación administrativa prevista en la
legislación aplicable, incluido el abono de una obligación o el cobro de una cantidad
líquida.
El apoderado puede recibir las notificaciones de resolución o actos administrativos que
ponen fin a los procedimientos o que implican efectos jurídicos y cuya fecha de recepción
por parte del interesado marca el inicio del plazo para poder presentar reclamaciones o
recursos.
Asimismo, puede recibir todas aquellas comunicaciones informativas, sin efectos jurídicos,
que la entidad que gestiona el procedimiento pueda remitir al interesado. El
apoderamiento de este trámite implica que las notificaciones y/o comunicaciones se
realizarán por vía electrónica al apoderado, conforme a la regulación específica de dicha
materia.
El apoderado puede presentar escritos de reclamación y recursos contra resoluciones y
actos de trámite en los casos legalmente previstos, intervenir en todos sus trámites,
formular alegaciones y desistir de los mismos, así como recibir las notificaciones y
comunicaciones que puedan generarse respecto a los recursos y reclamaciones
formulados.

cve: BOE-A-2021-3421
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 55