IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2020-33682)
VINARÒS
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Martes 6 de octubre de 2020

Sec. IV. Pág. 44887

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

33682

VINARÒS

Edicto.
Don José Vicente Mengual Gomis, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vinaròs (Castellón), en
cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, hago saber:
1.- Que en el concurso consecutivo 287/2019, por Auto de fecha 4 de octubre
de 2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el
procedimiento abreviado a doña Montserrat Gómez López, con DNI 38.065.077-P,
con domicilio en Calle San Sebastián, 84, 11, A de 12500-Vinaròs (Castellón).
2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma
prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de
este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y
disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal.
4.- La identidad de la Administración concursal es don Salvador Juan Tena
Mingarro, con domicilio a efectos de notificación en calle Temprado, 14, 1º,3ª,
12002 Castellón de la Plana, y dirección electrónica sj.tena@icacs.com, ello para
que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de
conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.
5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo
deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la
legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.
6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se
publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es
www.publicidadconcursal.es
7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación del concurso.
Vinaròs, 17 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia,
José Vicente Mengual Gomis.

cve: BOE-B-2020-33682
Verificable en https://www.boe.es

ID: A200045125-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X