III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-11865)
Resolución de 19 de septiembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica la Adenda n.º 2 del Acuerdo de Delegación de la Unión Europea en relación al proyecto "Apoyo al sector del anacardo en Mali".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Martes 6 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 84687

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
11865

Resolución de 19 de septiembre de 2020, de la Dirección de la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se
publica la Adenda n.º 2 del Acuerdo de Delegación de la Unión Europea en
relación al proyecto «Apoyo al sector del anacardo en Mali».

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda
n.º 2 al Acuerdo de Delegación entre la Agencia Española de Cooperación Internacional
para el Desarrollo y la Unión Europea en relación al proyecto denominado «Apoyo al
subsector del anacardo en Mali», 05-EUTF-SAH-ML-02-01, cuyo texto figura como
anexo a esta resolución.
Asimismo, se indica que la Adenda estará disponible en la sede electrónica de la
AECID (www.aecid.gob.es).
Madrid, 19 de septiembre de 2020.–El Director de la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo, Magdy Esteban Martínez Solimán.
ANEXO
Adenda n.º 2 al Acuerdo de Delegación T05-EUTF-SAH-ML-02-01
La Unión Europea, representada por la Comisión Europea (en lo sucesivo, el
«Órgano de Contratación»), por una parte, y
La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID),
entidad pública con sede en España, en la Av. Reyes Católicos n.º 4, 28040 Madrid (en
lo sucesivo, la «organización»), por otra parte, (individualmente, una «Parte» y,
colectivamente, las «Partes»), han convenido en lo siguiente:
La siguiente cláusula del contrato «Proyecto de apoyo al sector del anacardo en
Mali» T05-EUTF-S AH-ML-02-01, celebrado entre el órgano de contratación y el
coordinador el 7/10/2016 (en lo sucesivo el «contrato»), queda redactada, por la
presente adenda, del siguiente modo:
«Artículo 2.3.

Esta adenda entrará en vigor en la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» español.

cve: BOE-A-2020-11865
Verificable en https://www.boe.es

La fase de ejecución del presente convenio, según lo establecido en el anexo I,
será de 66 meses.»