IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-33715)
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Martes 6 de octubre de 2020

Sec. IV. Pág. 44920

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

33715

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Doña Elena Luri Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado Mercantil n.º 2 de Las Palmas,
Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 166/
2016, seguido a instancia de la Procuradora Doña Soledad Granda Calderín en
nombre y representación de Reformas Reforcan Gran Canaria, S.L., con CIF B76125095, se ha dictado Auto de fecha 1 de septiembre de 2020, en cuya parte
dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
1.- No constando la existencia de bienes o derechos para satisfacer los
créditos contra la masa, se declara la conclusión y el archivo del concurso de
acreedores de la mercantil "Reformas Reforcan Gran Canaria, S.L.".
2.- Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la administración
concursal, y el cese de su actuación.
3.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor respecto de su patrimonio subsistentes, salvo las que se
contengan en la sentencia firme de calificación o de lo previsto en la Ley
Concursal.
4.- Se acuerda la extinción de la mercantil "Reformas Reforcan Gran Canaria,
S.L.", con CIF B-76125095, y la cancelación de su inscripción en el Registro
Mercantil que corresponda, librándose para ello los mandamientos oportunos.
5.- Procédase a dar la debida publicidad a esta resolución en los términos del
art. 177 LC, mediante su publicación edictal en el Registro Público Concursal y en
el Boletín Oficial del Estado.
6.- Notifíquese la resolución a las partes.
Las Palmas de Gran Canaria, 1 de octubre de 2020.- Letrada de la
Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.

cve: BOE-B-2020-33715
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X