IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-33718)
MADRID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264
Martes 6 de octubre de 2020
Sec. IV. Pág. 44923
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
33718
MADRID
Edicto.
D. Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley
Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 32/2015 por Auto de fecha
11/09/2020 se ha acordado la declaración del concurso y simultáneamente la
conclusión y archivo del mismo por insuficiencia de la masa activa para la
satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del
deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de
calificación, en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo
ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 1 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Emilio
José Zornoza Arana.
cve: BOE-B-2020-33718
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200044836-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 264
Martes 6 de octubre de 2020
Sec. IV. Pág. 44923
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
33718
MADRID
Edicto.
D. Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley
Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 32/2015 por Auto de fecha
11/09/2020 se ha acordado la declaración del concurso y simultáneamente la
conclusión y archivo del mismo por insuficiencia de la masa activa para la
satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del
deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de
calificación, en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo
ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 1 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Emilio
José Zornoza Arana.
cve: BOE-B-2020-33718
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200044836-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X