IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-33725)
MADRID
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264
Martes 6 de octubre de 2020
Sec. IV. Pág. 44930
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
33725
MADRID
Concurso abreviado 655/2010
El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 401 del Texto Refundido de la Ley concursal (RDL 1/2020 de 5 de mayo)
anuncia que;
En los autos de Concurso Abreviado seguido contra Centro Médico
Complutense S.L. se ha dictado en fecha 8 de Octubre de 2018, el auto que cuyo
contenido extractado de la parte dispositiva es del tenor siguiente:
1.- Se declara cumplido íntegramente el convenio suscrito por el deudor Centro
Médico Complutense S.L. con CIF B80799828 con sus acreedores y que fue
aprobado por sentencia de este Juzgado de 08/09/2018, dictada en este
procedimiento concursal.
2.- Publíquese esta resolución en el Boletín Oficial del Estado Registro Público
Concursal y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
3.- Líbrense mandamientos a los Registros en los que está inscrito el concurso,
para la inscripción de la presente declaración judicial de cumplimiento del
convenio. Despachos que se entregarán al Procurador del concursado a fin de que
cuide de su diligenciado.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de Reposición en el
plazo de cinco días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la
resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la
L.E.Civil), previa la constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 22290000-00-0655-10 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y
Consignaciones abierta en Banco De Santander.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá
ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando
en el campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Madrid, y en el campo
observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2229-0000-000655-10
No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O.
1/2009 Disposición Adicional 15).
Lo acuerda y firma S. S.ª Doy fe.
EL/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia
Madrid, 30 de septiembre de 2020.- El Letrado/a de la Admón. de Justicia,
María Jesús Rodríguez Fernández.
ID: A200045005-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-33725
Verificable en https://www.boe.es
Y para que sirva de notificación a los interesados expido y firmo la presente
Núm. 264
Martes 6 de octubre de 2020
Sec. IV. Pág. 44930
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
33725
MADRID
Concurso abreviado 655/2010
El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 401 del Texto Refundido de la Ley concursal (RDL 1/2020 de 5 de mayo)
anuncia que;
En los autos de Concurso Abreviado seguido contra Centro Médico
Complutense S.L. se ha dictado en fecha 8 de Octubre de 2018, el auto que cuyo
contenido extractado de la parte dispositiva es del tenor siguiente:
1.- Se declara cumplido íntegramente el convenio suscrito por el deudor Centro
Médico Complutense S.L. con CIF B80799828 con sus acreedores y que fue
aprobado por sentencia de este Juzgado de 08/09/2018, dictada en este
procedimiento concursal.
2.- Publíquese esta resolución en el Boletín Oficial del Estado Registro Público
Concursal y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
3.- Líbrense mandamientos a los Registros en los que está inscrito el concurso,
para la inscripción de la presente declaración judicial de cumplimiento del
convenio. Despachos que se entregarán al Procurador del concursado a fin de que
cuide de su diligenciado.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de Reposición en el
plazo de cinco días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la
resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la
L.E.Civil), previa la constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 22290000-00-0655-10 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y
Consignaciones abierta en Banco De Santander.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá
ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando
en el campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Madrid, y en el campo
observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2229-0000-000655-10
No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O.
1/2009 Disposición Adicional 15).
Lo acuerda y firma S. S.ª Doy fe.
EL/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia
Madrid, 30 de septiembre de 2020.- El Letrado/a de la Admón. de Justicia,
María Jesús Rodríguez Fernández.
ID: A200045005-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2020-33725
Verificable en https://www.boe.es
Y para que sirva de notificación a los interesados expido y firmo la presente