I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2020-11821)
Corrección de errores del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Martes 6 de octubre de 2020

Sec. I. Pág. 84582

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
11821

Corrección de errores del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.

Advertidos errores en el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» número 211, de 5 de agosto de 2020, se procede a efectuar
las oportunas rectificaciones:

cve: BOE-A-2020-11821
Verificable en https://www.boe.es

En la página 63855, artículo 2.1, letra ñ), segunda línea, donde dice: «… respecto a
las operaciones con efectos transaccionales...», debe decir: «… respecto a las
operaciones con efectos transnacionales...».
En la página 63860, artículo 3.2, letra a), tercera línea, donde dice: «… dirección de
las funciones de mantenimiento del orden y la seguridad ciudadana…», debe decir: «…
dirección de las funciones de mantenimiento del orden público y la seguridad
ciudadana…».
En la página 63865, artículo 4.7, letra a), segunda línea, donde dice: «La Jefatura de
Personal, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación destinos,
recompensas, situaciones administrativas, retribuciones y régimen disciplinario», debe
decir: «La Jefatura de Personal, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en
situación de servicio activo, a la que corresponde administrar y gestionar todo lo relativo
al régimen de ascensos, destinos, recompensas, situaciones administrativas,
retribuciones y régimen disciplinario».
En la página 63867, artículo 6.1, letra a), última línea, donde dice: «… en los
términos descritos en el artículo 6», debe decir: «… en los términos descritos en el
artículo 7».
En la página 63876, artículo 10.2, letra c), donde dice: «... los desarrollos
informáticos y de comunicaciones para la gestión de la gestión de los procesos
electorales», debe decir: «... los desarrollos informáticos y de comunicaciones para la
gestión de los procesos electorales».

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X