Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-541543)
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento actos trámite no han podido ser notificados a interesados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de
julio de 2025 en procedimiento actos trámite no han podido ser notificados a interesados.
ID: N2500547068
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TERUEL
Notificación por Anuncios - Requerimiento Subsanación de datos
De acuerdo con lo establecido en el artículo 132.4 del Texto Refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de
octubre, en relación con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública
notificación del siguiente requerimiento:
En relación con su Recurso de Alzada, sobre embargo de fecha 03/05/2025, de las
cuentas corrientes **** **** **** **** **** **** y **** **** **** **** **** ****, ante su
disconformidad con dicho embargo, le comunicamos lo siguiente:
Si Ud. percibe un salario o prestación, que ya están embargados según los límites
fijados en el art.607 de la Ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil o son
inferiores al salario mínimo interprofesional, y a su vez se le embarga las cuentas
corrientes de ING BANK, y en esas cuentas se ingresa únicamente el Salario o
prestación, deberá Ud. presentarnos un Certificado o extracto de movimientos de la
citada Entidad, de los últimos seis meses de sus Cuentas, donde se especifiquen los
ingresos y cargos hechos en dichas cuentas, y los saldos existentes, y se pueda
comprobar que se nutren exclusivamente de su salario o prestación.
Mientas tanto NO PUEDE LEVANTARSE EL EMBARGO EFECTUADO.
De acuerdo con lo indicado en el artículo 118.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE del 02),
en lo relativo a la audiencia a los interesados, ante la posibilidad de la existencia de
nuevos documentos no recogidos en el expediente originario, le informamos que en el
plazo de 15 días podrá formular las alegaciones y presentar los documentos y
justificantes solicitados, así como los que estime pertinentes. Si no se aportasen o se
realizase su aportación, una vez transcurrido el citado plazo, no se tendrán en cuenta en
la resolución del Recurso.
A partir del día siguiente a la publicación de este anuncio, comenzará a computarse
el plazo citado en el requerimiento, dándose con posterioridad el trámite por
cumplimentado, continuando el procedimiento sus trámites legales y con los efectos que
se relatan en dicho requerimiento.
TERUEL, 28 de julio de 2025.- JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES,
MANUEL FRAJ ROMERO
cve: BOE-N-2025-1d35f615d67c84920190e282bdec51a1b480e210
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de
julio de 2025 en procedimiento actos trámite no han podido ser notificados a interesados.
ID: N2500547068
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TERUEL
Notificación por Anuncios - Requerimiento Subsanación de datos
De acuerdo con lo establecido en el artículo 132.4 del Texto Refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de
octubre, en relación con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública
notificación del siguiente requerimiento:
En relación con su Recurso de Alzada, sobre embargo de fecha 03/05/2025, de las
cuentas corrientes **** **** **** **** **** **** y **** **** **** **** **** ****, ante su
disconformidad con dicho embargo, le comunicamos lo siguiente:
Si Ud. percibe un salario o prestación, que ya están embargados según los límites
fijados en el art.607 de la Ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil o son
inferiores al salario mínimo interprofesional, y a su vez se le embarga las cuentas
corrientes de ING BANK, y en esas cuentas se ingresa únicamente el Salario o
prestación, deberá Ud. presentarnos un Certificado o extracto de movimientos de la
citada Entidad, de los últimos seis meses de sus Cuentas, donde se especifiquen los
ingresos y cargos hechos en dichas cuentas, y los saldos existentes, y se pueda
comprobar que se nutren exclusivamente de su salario o prestación.
Mientas tanto NO PUEDE LEVANTARSE EL EMBARGO EFECTUADO.
De acuerdo con lo indicado en el artículo 118.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE del 02),
en lo relativo a la audiencia a los interesados, ante la posibilidad de la existencia de
nuevos documentos no recogidos en el expediente originario, le informamos que en el
plazo de 15 días podrá formular las alegaciones y presentar los documentos y
justificantes solicitados, así como los que estime pertinentes. Si no se aportasen o se
realizase su aportación, una vez transcurrido el citado plazo, no se tendrán en cuenta en
la resolución del Recurso.
A partir del día siguiente a la publicación de este anuncio, comenzará a computarse
el plazo citado en el requerimiento, dándose con posterioridad el trámite por
cumplimentado, continuando el procedimiento sus trámites legales y con los efectos que
se relatan en dicho requerimiento.
TERUEL, 28 de julio de 2025.- JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES,
MANUEL FRAJ ROMERO
cve: BOE-N-2025-1d35f615d67c84920190e282bdec51a1b480e210
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184