Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-541556)
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 21 de julio de 2025 en procedimiento de embargo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
De 30 de octubre. Transcurrido el plazo de los tres meses desde la interposición de dicho
recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse
desestimado, según dispone el artículo 122.2 de la mencionada Ley 39/2015, lo que se
comunica a efectos de lo establecido en el artículo 21.4 de la precitada Ley. MOTRIL, a
19 de mayo de 2025 . LA RECAUDADORA EJECUTIVA .- P.S. EL JEFE DE
NEGOCIADO II .- JOSE ANTONIO URQUIZAR FERNANDEZ DESCRIPCIÓN DE LAS
FINCAS EMBARGADAS ( SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO) FINCA
Nº:16971 DEUDOR: MARTIN PADIAL, LIDIA DATOS FINCA URBANA DESCRIPCION
FINCA: 16971 ? PISO TIPO VIA: CALLE LA PALOMA, S/N MUNICIPIO: ALMUÑECAR
(18690) DATOS REGISTRO Nº REGISTRO: 18690 Nº TOMO: 1155 Nº LIBRO 454 Nº
FOLIO: 156 Nº FINCA 16971 LETRA: E-(F)(G)(H)I DATOS CATASTRALES:
9061201VF3696A0008SS DESCRIPCION AMPLIADA URBANA NUMERO NUEVE
PISO, 2º TIPO A,ESCALERA UNO EDIFICACION B,EN PUERTA DEL MAR DE
ALMUÑECAR, CONOCIDO COMO LA PALOMA, SUPERFICIE UTIL 88,73 METROS,
PLENO DOMINIO GANANCIAL. SITUACION ARRENDATICIA Y POSESORIA: NO
CONSTA REF. CATASTRAL: 9061201VF3696A0008SS. LA DILIGENCIA DE EMBARGO
DE INMUEBLE SE LE COMUNICA A JOAQUIN JIMENEZ CORTES EN CALIDAD DE
TITULAR Y NO COMO CÓNYUGE YA QUE EXISTEN SENTENCIA DE DIVORCIO, Nº
99/2012 DE FECHA 07/09/2012 COMUNICADA A ESTA UNIDAD. SITUACION
POSESORIA, NO CONSTA
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse
RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la
Seguridad Social en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de la
presente publicación, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá
por la impugnación que se realice sin la previa aportación de garantías para el pago de la
deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso sin que
recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según lo dispuesto
en el 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado
por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, en relación con el artículo 122 de la citada
Ley 39/2015, lo que se comunica a los efectos de lo establecido en el artículo 21.4 de
dicha Ley.
MOTRIL, 21 de julio de 2025.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO, JUAN MANUEL
CALVO CABEZAS
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-cbfe9d91bf159edac1015d58b96ab3df2436f477
Verificable en https://www.boe.es
Habiéndose intentado la notificación a 74722056R (DEUDOR) Y 23792584G
(TITULAR) sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería
General de la Seguridad Social, se publica el presente anuncio a los efectos de
notificación de la expresada diligencia, ya que de acuerdo con lo establecido en el
artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social,
aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, las notificaciones que
no hayan podido realizarse en la sede electrónica de la Seguridad Social o en el
domicilio del interesado, se practicarán exclusivamente por medio de un anuncio
publicado en el Boletín Oficial del Estado de acuerdo con la disposición adicional tercera,
apartado 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
De 30 de octubre. Transcurrido el plazo de los tres meses desde la interposición de dicho
recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse
desestimado, según dispone el artículo 122.2 de la mencionada Ley 39/2015, lo que se
comunica a efectos de lo establecido en el artículo 21.4 de la precitada Ley. MOTRIL, a
19 de mayo de 2025 . LA RECAUDADORA EJECUTIVA .- P.S. EL JEFE DE
NEGOCIADO II .- JOSE ANTONIO URQUIZAR FERNANDEZ DESCRIPCIÓN DE LAS
FINCAS EMBARGADAS ( SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO) FINCA
Nº:16971 DEUDOR: MARTIN PADIAL, LIDIA DATOS FINCA URBANA DESCRIPCION
FINCA: 16971 ? PISO TIPO VIA: CALLE LA PALOMA, S/N MUNICIPIO: ALMUÑECAR
(18690) DATOS REGISTRO Nº REGISTRO: 18690 Nº TOMO: 1155 Nº LIBRO 454 Nº
FOLIO: 156 Nº FINCA 16971 LETRA: E-(F)(G)(H)I DATOS CATASTRALES:
9061201VF3696A0008SS DESCRIPCION AMPLIADA URBANA NUMERO NUEVE
PISO, 2º TIPO A,ESCALERA UNO EDIFICACION B,EN PUERTA DEL MAR DE
ALMUÑECAR, CONOCIDO COMO LA PALOMA, SUPERFICIE UTIL 88,73 METROS,
PLENO DOMINIO GANANCIAL. SITUACION ARRENDATICIA Y POSESORIA: NO
CONSTA REF. CATASTRAL: 9061201VF3696A0008SS. LA DILIGENCIA DE EMBARGO
DE INMUEBLE SE LE COMUNICA A JOAQUIN JIMENEZ CORTES EN CALIDAD DE
TITULAR Y NO COMO CÓNYUGE YA QUE EXISTEN SENTENCIA DE DIVORCIO, Nº
99/2012 DE FECHA 07/09/2012 COMUNICADA A ESTA UNIDAD. SITUACION
POSESORIA, NO CONSTA
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse
RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la
Seguridad Social en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de la
presente publicación, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá
por la impugnación que se realice sin la previa aportación de garantías para el pago de la
deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso sin que
recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según lo dispuesto
en el 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado
por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, en relación con el artículo 122 de la citada
Ley 39/2015, lo que se comunica a los efectos de lo establecido en el artículo 21.4 de
dicha Ley.
MOTRIL, 21 de julio de 2025.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO, JUAN MANUEL
CALVO CABEZAS
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-cbfe9d91bf159edac1015d58b96ab3df2436f477
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Habiéndose intentado la notificación a 74722056R (DEUDOR) Y 23792584G
(TITULAR) sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería
General de la Seguridad Social, se publica el presente anuncio a los efectos de
notificación de la expresada diligencia, ya que de acuerdo con lo establecido en el
artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social,
aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, las notificaciones que
no hayan podido realizarse en la sede electrónica de la Seguridad Social o en el
domicilio del interesado, se practicarán exclusivamente por medio de un anuncio
publicado en el Boletín Oficial del Estado de acuerdo con la disposición adicional tercera,
apartado 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.