Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-541578)
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 21 de julio de 2025 en procedimiento de embargo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
De 30 de octubre. Transcurrido el plazo de los tres meses desde la interposición de dicho
recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse
desestimado, según dispone el artículo 122.2 de la mencionada Ley 39/2015, lo que se
comunica a efectos de lo establecido en el artículo 21.4 de la precitada Ley. MOTRIL, a
21 de mayo de 2025. LA RECAUDADORA EJECUTIVA .- LUZ MARIA GARNICA
MALDONADO.? DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS ( SOBRE LAS QUE
SE AMPLIA EL EMBARGO) FINCA Nº: 1 DEUDOR: RODRIGUEZ REAL, JOSE
MANUEL DATOS FINCA URBANA DESCRIPCION FINCA: F 13108 UNIFAMILIAR EN
SALOBREÑA ? MITAD INDIVISA TIPO DE VIA: CALLE FABRICA NUEVA, Nº 42 ? PISO
1º C (18680) SALOBREÑA DATOS REGISTRO: Nº REGISTRO 40001 Nº TOMO: 1064
Nº LIBRO: 0150 Nº FOLIO: 0133 Nº FINCA: 13108 LETRA: N(Q)Ñ(R)O-S DATOS
CATASTRAL: 7868508VF4676H0004TY DESCRIPCION AMPLIADA MITAD INDIVISA
DE UNIFAMILIAR EN SALOBREÑA (GRANADA) CALLE FABRICA NUEVA, NUMERO
42 , 1º C. SUPERFICIEDE CONSTRUIDA INCLUYENDO ELEMENTOS COMUNES DE
CIENTO TRES METROS ONCE DECIMETROS CUADRADOS. REFERENCIA
CATASTRAL: 7868508VF4676H0004TY SITUACION POSESORIA, NO CONSTA
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse
RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la
Seguridad Social en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de la
presente publicación, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá
por la impugnación que se realice sin la previa aportación de garantías para el pago de la
deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso sin que
recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según lo dispuesto
en el 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado
por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, en relación con el artículo 122 de la citada
Ley 39/2015, lo que se comunica a los efectos de lo establecido en el artículo 21.4 de
dicha Ley.
MOTRIL, 21 de julio de 2025.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO, JUAN MANUEL
CALVO CABEZAS
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-7e96435220f8acaffefe9c389af4ec3c0cb1a643
Verificable en https://www.boe.es
Habiéndose intentado la notificación a 23791722Q (DEUDOR) Y 23805481K
(CONYUGE) sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la
Tesorería General de la Seguridad Social, se publica el presente anuncio a los efectos de
notificación de la expresada diligencia, ya que de acuerdo con lo establecido en el
artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social,
aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, las notificaciones que
no hayan podido realizarse en la sede electrónica de la Seguridad Social o en el
domicilio del interesado, se practicarán exclusivamente por medio de un anuncio
publicado en el Boletín Oficial del Estado de acuerdo con la disposición adicional tercera,
apartado 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
De 30 de octubre. Transcurrido el plazo de los tres meses desde la interposición de dicho
recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse
desestimado, según dispone el artículo 122.2 de la mencionada Ley 39/2015, lo que se
comunica a efectos de lo establecido en el artículo 21.4 de la precitada Ley. MOTRIL, a
21 de mayo de 2025. LA RECAUDADORA EJECUTIVA .- LUZ MARIA GARNICA
MALDONADO.? DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS ( SOBRE LAS QUE
SE AMPLIA EL EMBARGO) FINCA Nº: 1 DEUDOR: RODRIGUEZ REAL, JOSE
MANUEL DATOS FINCA URBANA DESCRIPCION FINCA: F 13108 UNIFAMILIAR EN
SALOBREÑA ? MITAD INDIVISA TIPO DE VIA: CALLE FABRICA NUEVA, Nº 42 ? PISO
1º C (18680) SALOBREÑA DATOS REGISTRO: Nº REGISTRO 40001 Nº TOMO: 1064
Nº LIBRO: 0150 Nº FOLIO: 0133 Nº FINCA: 13108 LETRA: N(Q)Ñ(R)O-S DATOS
CATASTRAL: 7868508VF4676H0004TY DESCRIPCION AMPLIADA MITAD INDIVISA
DE UNIFAMILIAR EN SALOBREÑA (GRANADA) CALLE FABRICA NUEVA, NUMERO
42 , 1º C. SUPERFICIEDE CONSTRUIDA INCLUYENDO ELEMENTOS COMUNES DE
CIENTO TRES METROS ONCE DECIMETROS CUADRADOS. REFERENCIA
CATASTRAL: 7868508VF4676H0004TY SITUACION POSESORIA, NO CONSTA
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse
RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la
Seguridad Social en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de la
presente publicación, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá
por la impugnación que se realice sin la previa aportación de garantías para el pago de la
deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso sin que
recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según lo dispuesto
en el 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado
por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, en relación con el artículo 122 de la citada
Ley 39/2015, lo que se comunica a los efectos de lo establecido en el artículo 21.4 de
dicha Ley.
MOTRIL, 21 de julio de 2025.- EL RECAUDADOR EJECUTIVO, JUAN MANUEL
CALVO CABEZAS
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cve: BOE-N-2025-7e96435220f8acaffefe9c389af4ec3c0cb1a643
Verificable en https://www.boe.es
Habiéndose intentado la notificación a 23791722Q (DEUDOR) Y 23805481K
(CONYUGE) sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la
Tesorería General de la Seguridad Social, se publica el presente anuncio a los efectos de
notificación de la expresada diligencia, ya que de acuerdo con lo establecido en el
artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social,
aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, las notificaciones que
no hayan podido realizarse en la sede electrónica de la Seguridad Social o en el
domicilio del interesado, se practicarán exclusivamente por medio de un anuncio
publicado en el Boletín Oficial del Estado de acuerdo con la disposición adicional tercera,
apartado 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.