Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Madrid. (BOE-N-2025-543033)
S.G.T. DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE. Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimientos sancionadores. Acuerdos de inicio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
acto administrativo que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de
su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los
admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, en las dependencias de la Subdirección
General de Gestión Deportiva, de la Dirección General de Deporte (C/ San Bernardo, nº
68 – 5ª planta – 28015 Madrid – Teléfono 91.550.29.86, en horario de 9 a 14 horas, de
lunes a viernes. Tanto en el caso de solicitar vista del expediente como fotocopias del
mismo, deberán solicitarlo telefónicamente o por escrito en el Registro del Área de
Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte – C/Montalbán, 1 – 28014 Madrid -, indicando
un número de teléfono de contacto para que, posteriormente, se dé la correspondiente
cita previa.
En cuanto a las resoluciones de Acuerdos de iniciación del expediente, se concede
un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
edicto, para que los interesados aporten cuantas alegaciones, documentos o
informaciones estimen convenientes en defensa de sus derechos e intereses, así como
para proponer la práctica de las pruebas que estimen pertinentes advirtiendo que, en el
supuesto de no formular alegaciones en el plazo mencionado, el acuerdo de iniciación
podrá ser considerado propuesta de resolución, todo ello de conformidad con lo
establecido en el artículo 64.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 6 del Decreto
245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de
la Potestad Sancionadora de la Administración de Madrid (REPS).
Lo que se comunica para conocimiento, efecto y exacto cumplimiento, significando
que las anteriores resoluciones no son susceptibles de recurso alguno, por tratarse de
actos de mero trámite.
cve: BOE-N-2025-833c02d1c15024c5815d2a796f212df51e12f131
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de julio de 2025.- La Subdirectora General de Régimen Jurídico y
Personal, Mercedes Juárez González.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
acto administrativo que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de
su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los
admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, en las dependencias de la Subdirección
General de Gestión Deportiva, de la Dirección General de Deporte (C/ San Bernardo, nº
68 – 5ª planta – 28015 Madrid – Teléfono 91.550.29.86, en horario de 9 a 14 horas, de
lunes a viernes. Tanto en el caso de solicitar vista del expediente como fotocopias del
mismo, deberán solicitarlo telefónicamente o por escrito en el Registro del Área de
Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte – C/Montalbán, 1 – 28014 Madrid -, indicando
un número de teléfono de contacto para que, posteriormente, se dé la correspondiente
cita previa.
En cuanto a las resoluciones de Acuerdos de iniciación del expediente, se concede
un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
edicto, para que los interesados aporten cuantas alegaciones, documentos o
informaciones estimen convenientes en defensa de sus derechos e intereses, así como
para proponer la práctica de las pruebas que estimen pertinentes advirtiendo que, en el
supuesto de no formular alegaciones en el plazo mencionado, el acuerdo de iniciación
podrá ser considerado propuesta de resolución, todo ello de conformidad con lo
establecido en el artículo 64.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 6 del Decreto
245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de
la Potestad Sancionadora de la Administración de Madrid (REPS).
Lo que se comunica para conocimiento, efecto y exacto cumplimiento, significando
que las anteriores resoluciones no son susceptibles de recurso alguno, por tratarse de
actos de mero trámite.
cve: BOE-N-2025-833c02d1c15024c5815d2a796f212df51e12f131
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de julio de 2025.- La Subdirectora General de Régimen Jurídico y
Personal, Mercedes Juárez González.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X