Administración Local. Illes Balears. Ayuntamiento De Palma. (BOE-N-2025-542839)
SERVICIO DE MULTAS. Anuncio de notificación de 23 de julio de 2025 en procedimiento de denuncias na23072025 Ajuntament de Palma DMI1230396J102.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE PALMA
SERVICIO DE MULTAS. Anuncio de notificación de 23 de julio de 2025 en procedimiento
de denuncias na23072025 Ajuntament de Palma DMI1230396J102.
ID: N2500550636
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y ya que no
se han podido practicar las notificaciones oportunas, se hace público lo siguiente:
Una vez transcurrido el plazo de veinte días otorgado al titular del vehículo con el que
se cometió la infracción de norma de tráfico denunciado originariamente para que
identificara al conductor responsable sin haberlo efectuado en la forma ordenada en el
requerimiento que le fue debidamente notificado, se decreta el archivo por falta de
pruebas del procedimiento sancionador seguido por la infracción denunciada y la
incoación del procedimiento sancionador contra tal titular por la falta muy grave de no
identificar al conductor, tipificada en el artículo 77 j) del RDL 6/2015, de 30 de octubre,
Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial por lo cual se propone la sanción correspondiente.
Se encomienda la instrucción a la Unidad Administrativa de Gestión de Multas de
Tráfico del Departamento de Movilidad. El Concejal del Área de Movilidad es el órgano
competente para sancionar, según el artículo 84.4 de la RDL 6/2015, de 30 de octubre,
Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial. De conformidad con la citada ley, puede usted proceder del siguiente modo:
Conformidad con la denuncia
Si está conforme con el contenido de la denuncia, puede abonarla dentro del plazo
de veinte días naturales, desde el día siguiente al de esta notificación. Puede solicitar
liquidación por correo electrónico a multes@palma.es.
Disconformidad con la denuncia
Si no está conforme con el contenido de la denuncia puede presentar escrito de
alegaciones dirigido al órgano competente para resolver en el plazo de veinte días
naturales, contados desde el día siguiente al de esta notificación, en el Registro General
de se tendrá que presentar la Sede Electrónica del Ayuntamiento (www.palma.cat) , si es
persona física también en cualquier oficina de atención a la ciudadanía del Ayuntamiento
de Palma (OAC) o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, donde podrá proponer las pruebas que considere oportunas.
Este procedimiento caducará si transcurrido un año desde su iniciación no ha recaído
resolución sancionadora, según el artículo 112.3 del citado Texto Refundido.
Expediente DNI-NIE-PAS o NOMBRE
NA90005753 43212842m
Matricula
2351-GDG
Fecha
Importe
25/01/25 300,00€
cve: BOE-N-2025-ddef5b480d866378f7e6b782c36e393eb7249874
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE PALMA
SERVICIO DE MULTAS. Anuncio de notificación de 23 de julio de 2025 en procedimiento
de denuncias na23072025 Ajuntament de Palma DMI1230396J102.
ID: N2500550636
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y ya que no
se han podido practicar las notificaciones oportunas, se hace público lo siguiente:
Una vez transcurrido el plazo de veinte días otorgado al titular del vehículo con el que
se cometió la infracción de norma de tráfico denunciado originariamente para que
identificara al conductor responsable sin haberlo efectuado en la forma ordenada en el
requerimiento que le fue debidamente notificado, se decreta el archivo por falta de
pruebas del procedimiento sancionador seguido por la infracción denunciada y la
incoación del procedimiento sancionador contra tal titular por la falta muy grave de no
identificar al conductor, tipificada en el artículo 77 j) del RDL 6/2015, de 30 de octubre,
Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial por lo cual se propone la sanción correspondiente.
Se encomienda la instrucción a la Unidad Administrativa de Gestión de Multas de
Tráfico del Departamento de Movilidad. El Concejal del Área de Movilidad es el órgano
competente para sancionar, según el artículo 84.4 de la RDL 6/2015, de 30 de octubre,
Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial. De conformidad con la citada ley, puede usted proceder del siguiente modo:
Conformidad con la denuncia
Si está conforme con el contenido de la denuncia, puede abonarla dentro del plazo
de veinte días naturales, desde el día siguiente al de esta notificación. Puede solicitar
liquidación por correo electrónico a multes@palma.es.
Disconformidad con la denuncia
Si no está conforme con el contenido de la denuncia puede presentar escrito de
alegaciones dirigido al órgano competente para resolver en el plazo de veinte días
naturales, contados desde el día siguiente al de esta notificación, en el Registro General
de se tendrá que presentar la Sede Electrónica del Ayuntamiento (www.palma.cat) , si es
persona física también en cualquier oficina de atención a la ciudadanía del Ayuntamiento
de Palma (OAC) o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, donde podrá proponer las pruebas que considere oportunas.
Este procedimiento caducará si transcurrido un año desde su iniciación no ha recaído
resolución sancionadora, según el artículo 112.3 del citado Texto Refundido.
Expediente DNI-NIE-PAS o NOMBRE
NA90005753 43212842m
Matricula
2351-GDG
Fecha
Importe
25/01/25 300,00€
cve: BOE-N-2025-ddef5b480d866378f7e6b782c36e393eb7249874
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184