Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Valencia. (BOE-N-2025-543637)
SERVICIO DE LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS. Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimiento de la audiencia previa a la orden de limpieza del solar sito en València, C/Padre Luis Navarro, 293, al propietario del mismo (Expediente 02801 2025 949).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
SERVICIO DE LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS. Anuncio de notificación de 29
de julio de 2025 en procedimiento de la audiencia previa a la orden de limpieza del solar
sito en València, C/Padre Luis Navarro, 293, al propietario del mismo (Expediente 02801
2025 949).
ID: N2500549072
De conformidad con lo establecido en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
por el presente edicto se notifica el trámite de audiencia, de fecha 08 de mayo de 2025,
al haber sido devuelta por Correos por desconocido, que dice lo siguiente:
“La Sección Técnica del Servicio de Gestión Sostenible de Residuos y Limpieza del
Espacio Público informa con fecha 07de mayo de 2025 que, realizada visita de
comprobación en el solar sito en C/Padre Luis Navarro, 293 (Referencia Catastral
9826213YJ2792F), se incumple lo establecido en el art. 15 del Texto Refundido de la Ley
de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30
de octubre y en los arts. 16 a 18 de la Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana.
Elaborado estudio de las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias que
presenta el inmueble, se concluye que Yonatan Finegold NIE ***7156** como propietario,
deberá realizar la limpieza de las hierbas y residuos y su retirada.
Por todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el art. 82 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se da traslado de los trabajos a realizar en el solar, previamente a resolver la
orden de ejecución, concediéndose un plazo de audiencia de 15 días para que pueda
alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime oportunos.”
VALENCIA, 29 de julio de 2025.- El Secretario, José Vicente Ruano Vila
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-a96ee8331f1c4dd7ffce6a099dbffafae0911d75
Verificable en https://www.boe.es
En el caso de que la propiedad no ejecutara dichos trabajos, éstos se llevarán a cabo
por parte del Ayuntamiento con carácter de ejecución subsidiaria, en cuyo caso se
levantará la correspondiente acta de infracción por incumplimiento de la Ordenanza
Municipal de Limpieza Urbana dando traslado de la misma al Servicio encargado de la
instrucción del procedimiento sancionador, trasladando igualmente los gastos de su
ejecución su propietario.
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
SERVICIO DE LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS. Anuncio de notificación de 29
de julio de 2025 en procedimiento de la audiencia previa a la orden de limpieza del solar
sito en València, C/Padre Luis Navarro, 293, al propietario del mismo (Expediente 02801
2025 949).
ID: N2500549072
De conformidad con lo establecido en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
por el presente edicto se notifica el trámite de audiencia, de fecha 08 de mayo de 2025,
al haber sido devuelta por Correos por desconocido, que dice lo siguiente:
“La Sección Técnica del Servicio de Gestión Sostenible de Residuos y Limpieza del
Espacio Público informa con fecha 07de mayo de 2025 que, realizada visita de
comprobación en el solar sito en C/Padre Luis Navarro, 293 (Referencia Catastral
9826213YJ2792F), se incumple lo establecido en el art. 15 del Texto Refundido de la Ley
de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30
de octubre y en los arts. 16 a 18 de la Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana.
Elaborado estudio de las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias que
presenta el inmueble, se concluye que Yonatan Finegold NIE ***7156** como propietario,
deberá realizar la limpieza de las hierbas y residuos y su retirada.
Por todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el art. 82 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se da traslado de los trabajos a realizar en el solar, previamente a resolver la
orden de ejecución, concediéndose un plazo de audiencia de 15 días para que pueda
alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime oportunos.”
VALENCIA, 29 de julio de 2025.- El Secretario, José Vicente Ruano Vila
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-a96ee8331f1c4dd7ffce6a099dbffafae0911d75
Verificable en https://www.boe.es
En el caso de que la propiedad no ejecutara dichos trabajos, éstos se llevarán a cabo
por parte del Ayuntamiento con carácter de ejecución subsidiaria, en cuyo caso se
levantará la correspondiente acta de infracción por incumplimiento de la Ordenanza
Municipal de Limpieza Urbana dando traslado de la misma al Servicio encargado de la
instrucción del procedimiento sancionador, trasladando igualmente los gastos de su
ejecución su propietario.