Administración Local. Zaragoza. Ayuntamiento De Zaragoza. (BOE-N-2025-543677)
SERVICIO DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento de imposición de multa coercitiva, por reiterado incumplimiento de anterior orden de ejecución de obras a la propiedad de la finca sita en: Avenida San Juan de la Peña 181 c 11 8º C (0043965/2019).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 28 de julio de
2025 en procedimiento de imposición de multa coercitiva, por reiterado incumplimiento
de anterior orden de ejecución de obras a la propiedad de la finca sita en: Avenida San
Juan de la Peña 181 c 11 8º C (0043965/2019).
ID: N2500545165
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 44 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre del
Procedimiento Administrativo Común, al no haberse podido practicar la notificación
oportuna, por el presente se le pone de manifiesto que el Consejo de Gerencia Municipal
de Urbanismo, con fecha 17/02/2025 adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Imponer a la propiedad de la finca sita en San Juan de la Peña 181 C11
8ºC, multa coercitiva de 180,00 € por incumplimiento de la orden de ejecución dictada en
fecha 3 de abril de 2019, de conformidad con lo dispuesto en los art. 103 de la Ley
39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común, arts. 258.2 y 259 del
Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo
1/2014 de 8 de julio y arts. 17 y 18 de la Ordenanza reguladora del Deber de
Conservación, Edificación e Inspección Técnica de Edificios.
SEGUNDO:En el supuesto de acordarse la ejecución subsidiaria de las obras, el
importe de las multa coercitiva impuesta queda afecto a la cobertura de los gastos que
genere dicha ejecución subsidiaria, todo ello sin perjuicio de su posterior exigencia
íntegra al obligado, junto a los intereses y gastos de gestión de las obras de conformidad
con lo establecido en el art. 259.4 del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de
Aragón.
TERCERO:Que por el Servicio de Recaudación se proceda a asignar el importe de la
multa impuesta en la partida GUR 1513 78002 EJECUCIONES SUBSIDIARIAS.
CUARTO:Requerir nuevamente a la propiedad de la finca sita en San Juan de la
Peña 181 C11 8ºC, para el cumplimiento de lo dispuesto en la orden de ejecución de 3
de abril de 2019, tal y como preceptúan los arts. 254 y ss del Texto Refundido de la Ley
de Urbanismo de Aragón.
Lo que se comunica a Ud. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que la
anterior resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponer
potestativamente recurso de Reposición en el plazo de 1 mes y ante el mismo órgano
que dictó el acto, de conformidad con lo dispuesto en los Art. 112, 123 y 124 de la Ley
39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien directamente recurso Contencioso-Administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses según Ley
29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo
ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime
procedente.
cve: BOE-N-2025-c6a8e9227bced19f4d92f2b5205d332d63b57d68
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 28 de julio de
2025 en procedimiento de imposición de multa coercitiva, por reiterado incumplimiento
de anterior orden de ejecución de obras a la propiedad de la finca sita en: Avenida San
Juan de la Peña 181 c 11 8º C (0043965/2019).
ID: N2500545165
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 44 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre del
Procedimiento Administrativo Común, al no haberse podido practicar la notificación
oportuna, por el presente se le pone de manifiesto que el Consejo de Gerencia Municipal
de Urbanismo, con fecha 17/02/2025 adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Imponer a la propiedad de la finca sita en San Juan de la Peña 181 C11
8ºC, multa coercitiva de 180,00 € por incumplimiento de la orden de ejecución dictada en
fecha 3 de abril de 2019, de conformidad con lo dispuesto en los art. 103 de la Ley
39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común, arts. 258.2 y 259 del
Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo
1/2014 de 8 de julio y arts. 17 y 18 de la Ordenanza reguladora del Deber de
Conservación, Edificación e Inspección Técnica de Edificios.
SEGUNDO:En el supuesto de acordarse la ejecución subsidiaria de las obras, el
importe de las multa coercitiva impuesta queda afecto a la cobertura de los gastos que
genere dicha ejecución subsidiaria, todo ello sin perjuicio de su posterior exigencia
íntegra al obligado, junto a los intereses y gastos de gestión de las obras de conformidad
con lo establecido en el art. 259.4 del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de
Aragón.
TERCERO:Que por el Servicio de Recaudación se proceda a asignar el importe de la
multa impuesta en la partida GUR 1513 78002 EJECUCIONES SUBSIDIARIAS.
CUARTO:Requerir nuevamente a la propiedad de la finca sita en San Juan de la
Peña 181 C11 8ºC, para el cumplimiento de lo dispuesto en la orden de ejecución de 3
de abril de 2019, tal y como preceptúan los arts. 254 y ss del Texto Refundido de la Ley
de Urbanismo de Aragón.
Lo que se comunica a Ud. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que la
anterior resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponer
potestativamente recurso de Reposición en el plazo de 1 mes y ante el mismo órgano
que dictó el acto, de conformidad con lo dispuesto en los Art. 112, 123 y 124 de la Ley
39/2015 de 1 de Octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien directamente recurso Contencioso-Administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses según Ley
29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo
ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime
procedente.
cve: BOE-N-2025-c6a8e9227bced19f4d92f2b5205d332d63b57d68
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184