Administración Local. Zaragoza. Ayuntamiento De Zaragoza. (BOE-N-2025-543678)
SERVICIO DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 24 de julio de 2025 en procedimiento de orden de ejecución en expte 61702/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE INSPECCIÓN URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 24 de julio de
2025 en procedimiento de orden de ejecución en expte 61702/2024.
ID: N2500539948

De conformidad con lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, al no haberse
podido practicar la notificación oportuna a la propiedad de la finca que se reseña a
continuación, por ausente en el domicilio, por el presente se le pone de manifiesto que el
Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, por delegación de la M.I.AlcaldíaPresidencia, por Decreto de 19 de enero de 2009 y 18 de junio de 2015, acordó con
fecha 3 de junio de 2025 lo siguiente:
PRIMERO: Requerir a la propiedad del solar sito en c/Cidón, Francisco de 6-8-10,
Referencia Catastral: 65202-10-11-12 para que proceda en el plazo de tres meses a la
limpieza del solar, dejándolo libre de escombros, basuras y vegetación, todo ello en
virtud de lo establecido en los artículos 25, 26 y 27 de la ordenanza reguladora del deber
de conservación, edificación e inspección técnica de los edificios.
Presupuesto estimativo de las obras a realizar: 2.500,00 €
Las obras deberán acreditarse, aportando en la Unidad Jurídica del Servicio de
Inspección, de la Gerencia Municipal de Urbanismo, la dirección técnica de las obras
mediante el correspondiente Certificado Técnico firmado por técnico competente y
Visado por su Colegio Oficial, en el que se indique el comienzo y posteriormente la
finalización de las obras, o en su caso, con documentación acreditativa (facturas y
fotografías, así como la acreditación del pago del ICIO y de la tasa por orden de
ejecución)
SEGUNDO: Advertir de que, tratándose de solares y terrenos, es necesario que se
ejecuten los trabajos de limpieza y mantenimiento periódicamente y en todo caso en
cuanto el solar adolezca de deficiencias, en cumplimiento de la Ordenanza del Deber de
Conservación, arts. 25 a 27
TERCERO: Comunicar a la propiedad que para la ejecución de las obras ordenadas
no es necesario solicitar licencia de obras, sin perjuicio de que si fuera necesario la
instalación de andamios o colocación de vallas, deberán cursar a esta Administración, la
correspondiente solicitud de licencia para tal concepto, indicando que tras la realización
de las obras y de resultar dañados elementos de urbanización generales, tales como
aceras o pavimentos, deberán reponerse a su estado original, siendo exigible dicha
obligación por esta Administración.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los arts. 254 y ss del Texto Refundido
de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014 de 8 de
julio, Ordenanza Reguladora del Deber de Conservación, Edificación e Inspección
Técnica de Edificios (BOP n.º 251, de 31 de octubre de 2002), Ordenanzas Generales de
Edificación del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza y Normas del P.G.O.U. de Zaragoza.

cve: BOE-N-2025-5b5e1a31af33c47e644d8d1b9c624297a8267e17
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Núm. 184