Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Cuenca. (BOE-N-2025-543955)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SAN CLEMENTE. Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimiento de rectificacion de cabida artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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Viernes 1 de agosto de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
CUENCA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SAN CLEMENTE. Anuncio de notificación de 29 de
julio de 2025 en procedimiento de rectificacion de cabida artículo 199 de la Ley
Hipotecaria.
ID: N2500549947

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SAN CLEMENTE
Información del Expediente del art. 199 de la LH
Código de la Finca Registral: 16007000276160
Promotor del expediente: ANTONIO ARANDA CORONADO, MARIA AMPARO
ARANDA ESTEBAN, EVA ARANDA ESTEBAN y JOSE ANTONIO ARANDA ESTEBAN
Asiento de Presentación: 874 del Diario 2025
Fecha de presentación: 20/06/2025
Información de la representación gráfica que se pretende inscribir
Referencia/s catastral/es: 9416016WJ4691N0001GU
Para general conocimiento de posibles titulares registrales de fincas colindantes
desconocidos y respecto de los cuales se ignora el lugar de notificación o, tras dos
intentos, ha resultado infructuoso, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 199
de la ley hipotecaria y disposición adicional segunda de la Ley 13/2015 de 24 de junio,
por el presente Edicto se hace público y notifica que se ha iniciado el expediente
regulado en el artículo 199 de la ley hipotecaria con la finalidad de notificar la alteración
descriptiva de fincas a posibles interesados colindantes.
Conforme al mismo precepto legal, los interesados podrán comparecer en el plazo de
los veinte días siguientes a la recepción de la presente notificación ante el Registrador
para alegar lo que a su derecho convenga.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quién no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.
Si lo desean, también pueden remitir sus alegaciones por escrito con firma legitimada
o con firma electrónica reconocida, y , en su caso, acreditando la representación en la
que actúe.
Todo ello a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de San Clemente- Cuenca-

cve: BOE-N-2025-07f630843b5963906b0ad13e10ef02d2087b4d5e
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 184