Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Málaga. (BOE-N-2025-544287)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE RONDA. Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimiento calificación defectuosa del asiento de presentación número 160 del Diario 2.025.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
MÁLAGA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE RONDA. Anuncio de notificación de 29 de julio de
2025 en procedimiento calificación defectuosa del asiento de presentación número 160
del Diario 2.025.
ID: N2500548816
De conformidad con lo establecido en los artículos 18, 19 Bis y 322 y siguientes de la
Ley Hipotecaria, pongo en su conocimiento que la escritura/mandamiento, autorizada/
expedido por Doña Gloria María Ramos Lizana, Notario de Ronda, el día 16/01/2025,
con el número 64/2025 de su protocolo, de compraventa otorgada a favor de Don
Salvador y Don Antonio-Jesús Moncayo Moreno, que fue presentada por Vd. en esta
Oficina 16/01/2025, bajo el asiento de presentación número 160 del Diario 2025, adolece
de defectos subsanables/insubsanables -Que se relacionan bajo el epígrafe
"Calificación"-, que impiden a mi juicio, la práctica del asiento solicitado. Contra dicha
calificación podrán interponer, potestativamente, Recurso ante la Dirección General de
los Registros y del Notariado, en el plazo de un mes a contar, desde la recepción de la
presente notificación, o instar en el plazo de quince días, la aplicación del Cuadro de
Sustituciones, previsto en el artículo 275 Bis de la Ley Hipotecaria, o ser impugnada
directamente ante los Juzgados de la capital de la provincia a la que pertenezca el lugar
en que esté situado el inmueble, siendo de aplicación las normas del juicio verbal,
debiendo interponerse la correspondiente demanda dentro del plazo de dos meses,
contados desde la notificación de la calificación.
Calificación: Hechos: 1º) Es necesario acreditar que la escritura se encuentra
autoliquidada del Impuesto; y 2º) No se acredita haber presentado la autoliquidación o en
su caso, la declaración, referente al Impuesto sobre el incremento de valor de los
terrenos de naturaleza urbana.
Fundamentos de Derecho: De conformidad con los artículos 254 y 255 de la Ley
Hipotecaria y concordantes.
Ronda, 29 de julio de 2025.- El/La Registrador/a, Luis Antonio Martín Hernández
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-b5c32371d3b497b999f6150ec4b31d185fdb9fab
Verificable en https://www.boe.es
Muy señor mío.
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
MÁLAGA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE RONDA. Anuncio de notificación de 29 de julio de
2025 en procedimiento calificación defectuosa del asiento de presentación número 160
del Diario 2.025.
ID: N2500548816
De conformidad con lo establecido en los artículos 18, 19 Bis y 322 y siguientes de la
Ley Hipotecaria, pongo en su conocimiento que la escritura/mandamiento, autorizada/
expedido por Doña Gloria María Ramos Lizana, Notario de Ronda, el día 16/01/2025,
con el número 64/2025 de su protocolo, de compraventa otorgada a favor de Don
Salvador y Don Antonio-Jesús Moncayo Moreno, que fue presentada por Vd. en esta
Oficina 16/01/2025, bajo el asiento de presentación número 160 del Diario 2025, adolece
de defectos subsanables/insubsanables -Que se relacionan bajo el epígrafe
"Calificación"-, que impiden a mi juicio, la práctica del asiento solicitado. Contra dicha
calificación podrán interponer, potestativamente, Recurso ante la Dirección General de
los Registros y del Notariado, en el plazo de un mes a contar, desde la recepción de la
presente notificación, o instar en el plazo de quince días, la aplicación del Cuadro de
Sustituciones, previsto en el artículo 275 Bis de la Ley Hipotecaria, o ser impugnada
directamente ante los Juzgados de la capital de la provincia a la que pertenezca el lugar
en que esté situado el inmueble, siendo de aplicación las normas del juicio verbal,
debiendo interponerse la correspondiente demanda dentro del plazo de dos meses,
contados desde la notificación de la calificación.
Calificación: Hechos: 1º) Es necesario acreditar que la escritura se encuentra
autoliquidada del Impuesto; y 2º) No se acredita haber presentado la autoliquidación o en
su caso, la declaración, referente al Impuesto sobre el incremento de valor de los
terrenos de naturaleza urbana.
Fundamentos de Derecho: De conformidad con los artículos 254 y 255 de la Ley
Hipotecaria y concordantes.
Ronda, 29 de julio de 2025.- El/La Registrador/a, Luis Antonio Martín Hernández
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-b5c32371d3b497b999f6150ec4b31d185fdb9fab
Verificable en https://www.boe.es
Muy señor mío.