Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Asturias. (BOE-N-2025-543835)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE OVIEDO 1. Anuncio de notificación de 30 de julio de 2025 en procedimiento art 205 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
situado al este; ochenta y cuatro metros y veinte decímetros cuadrados, 84,20 m2 a
tendejón; y los restantes ciento seis metros y cincuenta decímetros cuadrados, 106,50
m2 se destina a garaje; ciento setenta y ocho metros y diez decímetros cuadrados,
178,10 m2, se corresponden con la planta primera alta, de las que dieciocho metros
treinta decímetros cuadrados, 18,30 m2 se destinan a terraza y los restantes ciento
cincuenta y nueve metros ochenta decímetros cuadrados, 159,80m2, se destinan a
vivienda, y setenta metros cuadrados, 70 m2, se corresponden a la planta segunda alta,
que se destina en su integridad a almacén. Todas las plantas se encuentran divididas en
varias estancias y servicios; y comunicadas todas ellas entre sí por medio de escaleras
interiores. Ocupa sobre el terreno la superficie de su planta baja, esto es docientos
ochenta y tres metros y ochenta decímetros cuadrados, 283,80 m2. Linda por su frente o
entrada, viento norte, con camino; al fondo o Sur, con la finca sobre la que se encuentra
enclavada. b) Panera levantada sobre seis pegollos, destinado agrario con una superficie
total construida de cincuenta y dos metros cuadrados. -52 m2-. Linda por todos sus
vientos con la finca sobre la que se encuentra enclavada. c) Almacén con una superficie
total construida de doce metros cuadrados. Linda por todos los vientos con la finca sobre
la que se encuentra enclavada.
Que dicha finca ha quedado inscrita en pleno dominio a favor de doña Maria Angeles
Ordoñez Alonso, con carácter privativo, por título de herencia, al amparo del artículo 205
de la Ley Hipotecaria, con las limitaciones del artículo 207 de dicha Ley; e igualmente ha
quedado inscrita a favor de la referida doña Maria Angeles Ordoñez Alonso, su título de
declaración de obra nueva terminada, con carácter privativo, conforme a lo previsto en el
artículo 28.4 a) del R.D.L. 7/2015 de 30 de octubre que aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana. Así resulta de la escritura autorizada por el
Notario de Oviedo don Jesús María García Martínez el veintiséis de febrero de dos mil
diecinueve número 538 de su protocolo, que causó la inscripción 1ª de dicha finca.
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado articulo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que conforme al articulo 207
del mismo cuerpo legal, los efectos protectores dispensados por el articulo 34 de la
misma no se producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de la
inmatriculación.
cve: BOE-N-2025-a8856e7e14bb820a7fae7bb2bb253c269e2b926b
Verificable en https://www.boe.es
Oviedo, 30 de julio de 2025.- El/La Registrador/a, Manuel Parga Gamallo
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
situado al este; ochenta y cuatro metros y veinte decímetros cuadrados, 84,20 m2 a
tendejón; y los restantes ciento seis metros y cincuenta decímetros cuadrados, 106,50
m2 se destina a garaje; ciento setenta y ocho metros y diez decímetros cuadrados,
178,10 m2, se corresponden con la planta primera alta, de las que dieciocho metros
treinta decímetros cuadrados, 18,30 m2 se destinan a terraza y los restantes ciento
cincuenta y nueve metros ochenta decímetros cuadrados, 159,80m2, se destinan a
vivienda, y setenta metros cuadrados, 70 m2, se corresponden a la planta segunda alta,
que se destina en su integridad a almacén. Todas las plantas se encuentran divididas en
varias estancias y servicios; y comunicadas todas ellas entre sí por medio de escaleras
interiores. Ocupa sobre el terreno la superficie de su planta baja, esto es docientos
ochenta y tres metros y ochenta decímetros cuadrados, 283,80 m2. Linda por su frente o
entrada, viento norte, con camino; al fondo o Sur, con la finca sobre la que se encuentra
enclavada. b) Panera levantada sobre seis pegollos, destinado agrario con una superficie
total construida de cincuenta y dos metros cuadrados. -52 m2-. Linda por todos sus
vientos con la finca sobre la que se encuentra enclavada. c) Almacén con una superficie
total construida de doce metros cuadrados. Linda por todos los vientos con la finca sobre
la que se encuentra enclavada.
Que dicha finca ha quedado inscrita en pleno dominio a favor de doña Maria Angeles
Ordoñez Alonso, con carácter privativo, por título de herencia, al amparo del artículo 205
de la Ley Hipotecaria, con las limitaciones del artículo 207 de dicha Ley; e igualmente ha
quedado inscrita a favor de la referida doña Maria Angeles Ordoñez Alonso, su título de
declaración de obra nueva terminada, con carácter privativo, conforme a lo previsto en el
artículo 28.4 a) del R.D.L. 7/2015 de 30 de octubre que aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana. Así resulta de la escritura autorizada por el
Notario de Oviedo don Jesús María García Martínez el veintiséis de febrero de dos mil
diecinueve número 538 de su protocolo, que causó la inscripción 1ª de dicha finca.
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado articulo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que conforme al articulo 207
del mismo cuerpo legal, los efectos protectores dispensados por el articulo 34 de la
misma no se producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de la
inmatriculación.
cve: BOE-N-2025-a8856e7e14bb820a7fae7bb2bb253c269e2b926b
Verificable en https://www.boe.es
Oviedo, 30 de julio de 2025.- El/La Registrador/a, Manuel Parga Gamallo
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X