Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Pontevedra. (BOE-N-2025-544360)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LALÍN. Anuncio de notificación de 30 de julio de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LALÍN. Anuncio de notificación de 30 de julio de
2025
ID: N2500551135

EDICTO
El REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD que suscribe, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria, CERTIFICA Y HACE CONSTAR, para
su general conocimiento:
Que con esta fecha se ha inmatriculado en este Registro de la Propiedad, conforme
al artículo 205 de la Ley Hipotecaria, la siguiente finca:

FINCA: CRU: 36005000865715, finca Nº56473 del
INSCRIPCIÓN 1ª. REFERENCIA CATASTRAL: NO CONSTA.

municipio

de

LALÍN,

Accesible en https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/36005000865715
El dominio se ha inscrito a favor de DON MANUEL VAZQUEZ GARCIA y DON JOSE
LUIS VAZQUEZ CARBALLUDE CON CARÁCTER PRIVATIVO
La adquirió en virtud de escritura pública otorgada en Lalín, el diez de octubre del
año dos mil veintidós, por el notario Doña María Teresa Sancho Sánchez por título de
agregacion, herencia, número 826/2022 de protocolo.
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento en el citado
artículo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme el artículo 1 de la misma
Ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y producen
todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos establecidos en
esta Ley, y que conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos protectores
dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta transcurridos dos años
desde la fecha de Inmatriculación.

cve: BOE-N-2025-11e52d388358ca2080f81c126d27812a794e347a
Verificable en https://www.boe.es

URBANA: Finca con una superficie total de dos mil cuatrocientos seis metros
cuadrados sobre la que se asientan tres construcciones: una casa de planta baja con
una superficie construida de ochenta y ocho metros cuadrados, un almacén, de planta
baja, con una superficie construida de doscientos veinte metros cuadrados y un establo,
de planta baja, con una superficie construida de cuatrocientos treinta y dos metros
cuadrados. Forma todo una sola finca que linda: norte, finca 4 de José Luís Vázquez
Carballude (hoy parcela resultante de la reorganización 1 de Manuel Vázquez García);
sur, camino; este, finca 4 de José Luís Vázquez Carballude (hoy parcela resultante de la
reorganización 2 de José Luís Vázquez Carballude); oeste, parcela 1 de José Luís
Vázquez Carballude