Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Granada. (BOE-N-2025-543980)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE GUADIX. Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimiento Asiento nº 2113 del Diario 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
características esepecificadas, la cual puede afectar a la posible inscripción de la
representación geográfica de la parcela catastral de su propiedad, según resulta del
contenido de este Registro.
DESCRIPCIÓN FINCA:
RUSTICA: Parcela 132 del polígono 2. Terreno de agrario, al sitio "TOLLO", en
término municipal de Guadix (Granada). Tiene una superficie de SESENTA Y CUATRO
AREAS Y CINCUENTA Y SIETE CENTIÁREAS, de las cuales son sesenta y un áreas y
sesenta y dos centiáreas de pastos y dos áreas noventa y cinco centiáreas de
improductivo. Linda, Norte, parcela 135 de Jesús Rodríguez García; Sur, parcela 126 de
Isabel Funes Vico; Este, parcela 131 de María Piedad Funes Martin, y parcela 133 de
Isabel Funes Vico; y Oeste, parcelas 114, de Virtudes Jiménez Sánchez, y parcela 136
de Luis Martos Serrano. Todas las fincas colindantes tienen naturaleza rústica y
corresponden al polígono 2 del catastro. REFERERENCIA CATASTRAL:
18091A002001320000GA.
El plano de la finca cuya representación gráfica se pretende inscribir lo puede
consultar introduciendo el siguiente código seguro de verificación (CSV) en la web del
catastro www.sedecatastro.gob.es, apartado validación gráfica alternativa, descarga del
informe de VGA con CSV, si fuere el caso o mediante la consulta de la referencia
catastral aportada para inscribir dicha representación gráfica.
Código seguro de verificación:
Y conforme a lo previsto en el Aptdo. 7º) de la RESOLUCIÓN-CIRCULAR DE 3 DE
NOVIEMBRE DE 2015 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL
NOTARIADO, SOBRE LA INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE ALGUNOS
EXTREMOS REGULADOS EN LA REFORMA DE LA LEY HIPOTECARIA OPERADA
POR LA LEY 13/2015, DE 24 DE JUNIO se inserta con los efectos previstos en la
misma, el enlace al correspondiente recinto geográfico en el visor público de alertas
geográficas registrales. (http://geoportal.registradores.org/geoportal/index.html).
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/18005001039072
Todo lo cual se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 205
de la Ley Hipotecaria, haciéndole saber que, conforme al artículo 1 de la misma ley, los
asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos
protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
Esta notificación no tiene por objeto conceder un plazo de alegaciones ante el
Registrador previas a la inscripción, sino que, por haberse ésta ya practicado, sólo cabe
su Impugnación Judicial y/o la tramitación del procedimiento a que se refieren los
artículos 200 y/o 209 LH.
Registro de la Propiedad: REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE GUADIX
Guadix, 29 de julio de 2025.- El/La Registrador/a, Miguel Ángel Álvarez Delgado
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-5118b02b458c8f157eaf9a97f15a8fbe4e9e3ae0
Verificable en https://www.boe.es
A través del citado visor, una vez seleccionando el recinto afectado por la alerta
correspondiente, se mostrará el procedimiento que afecta a la finca, el Registro y número
de asiento de presentación correspondiente, el Código Único de Finca, en su caso, así
como el contenido de la comunicación o edicto publicado en el BOE.
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
características esepecificadas, la cual puede afectar a la posible inscripción de la
representación geográfica de la parcela catastral de su propiedad, según resulta del
contenido de este Registro.
DESCRIPCIÓN FINCA:
RUSTICA: Parcela 132 del polígono 2. Terreno de agrario, al sitio "TOLLO", en
término municipal de Guadix (Granada). Tiene una superficie de SESENTA Y CUATRO
AREAS Y CINCUENTA Y SIETE CENTIÁREAS, de las cuales son sesenta y un áreas y
sesenta y dos centiáreas de pastos y dos áreas noventa y cinco centiáreas de
improductivo. Linda, Norte, parcela 135 de Jesús Rodríguez García; Sur, parcela 126 de
Isabel Funes Vico; Este, parcela 131 de María Piedad Funes Martin, y parcela 133 de
Isabel Funes Vico; y Oeste, parcelas 114, de Virtudes Jiménez Sánchez, y parcela 136
de Luis Martos Serrano. Todas las fincas colindantes tienen naturaleza rústica y
corresponden al polígono 2 del catastro. REFERERENCIA CATASTRAL:
18091A002001320000GA.
El plano de la finca cuya representación gráfica se pretende inscribir lo puede
consultar introduciendo el siguiente código seguro de verificación (CSV) en la web del
catastro www.sedecatastro.gob.es, apartado validación gráfica alternativa, descarga del
informe de VGA con CSV, si fuere el caso o mediante la consulta de la referencia
catastral aportada para inscribir dicha representación gráfica.
Código seguro de verificación:
Y conforme a lo previsto en el Aptdo. 7º) de la RESOLUCIÓN-CIRCULAR DE 3 DE
NOVIEMBRE DE 2015 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL
NOTARIADO, SOBRE LA INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE ALGUNOS
EXTREMOS REGULADOS EN LA REFORMA DE LA LEY HIPOTECARIA OPERADA
POR LA LEY 13/2015, DE 24 DE JUNIO se inserta con los efectos previstos en la
misma, el enlace al correspondiente recinto geográfico en el visor público de alertas
geográficas registrales. (http://geoportal.registradores.org/geoportal/index.html).
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/18005001039072
Todo lo cual se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 205
de la Ley Hipotecaria, haciéndole saber que, conforme al artículo 1 de la misma ley, los
asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los Tribunales y
producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos
establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos
protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta
transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
Esta notificación no tiene por objeto conceder un plazo de alegaciones ante el
Registrador previas a la inscripción, sino que, por haberse ésta ya practicado, sólo cabe
su Impugnación Judicial y/o la tramitación del procedimiento a que se refieren los
artículos 200 y/o 209 LH.
Registro de la Propiedad: REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE GUADIX
Guadix, 29 de julio de 2025.- El/La Registrador/a, Miguel Ángel Álvarez Delgado
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-5118b02b458c8f157eaf9a97f15a8fbe4e9e3ae0
Verificable en https://www.boe.es
A través del citado visor, una vez seleccionando el recinto afectado por la alerta
correspondiente, se mostrará el procedimiento que afecta a la finca, el Registro y número
de asiento de presentación correspondiente, el Código Único de Finca, en su caso, así
como el contenido de la comunicación o edicto publicado en el BOE.