Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-541477)
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de
julio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
ID: N2500547055

DIRECCION PROVINCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
RESOLUCION COBRO INDEBIDO DE PRESTACIONES
De acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del artículo 132, del Texto Refundido
de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo
8/2015, de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, las notificaciones que no hayan podido realizarse en la sede electrónica de la
Seguridad Social o en el domicilio del interesado se practicarán exclusivamente por
medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por causas
no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante
su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Los importes reclamados podrán reintegrarse mediante su ingreso, en el plazo de
treinta días, de la entidad bancaria BANCO SANTANDER, cuenta de Recursos Diversos
nº ES30 0049 5320 5321 1833 0454, en caso contrario se comunicarán a la Tesorería
General de la Seguridad Social para su recaudación (si es procedimiento general de
reclamación de importes) o se amortizarán mediante descuentos mensuales de la
prestación que se cita (si es procedimiento especial de reclamación de importes).
Contra esta resolución podrá interponer reclamación previa a la vía judicial ante esta
Dirección provincial, en el plazo de treinta días contados desde esta notificación, según
lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley de 36/2011, reguladora de la jurisdicción social
(BOE del 11.10.2011).
PERCEPTORES
LOCALIZADOS:

DE

PRESTACIONES

INDEBIDAMENTE

PERCIBIDAS

NO

NOMBRE: RICARDO MANUEL ACOSTA MARTÍN IDENTIFICADOR: ***1444**
PRESTACIÓN: J400070 PERÍODO DE LA DEUDA: 01/01/2022 A 31/12/2022 IMPORTE
ADEUDADO: 1900,21 CAUSA DE LA DEUDA COMPLEMENTO MÍNIMOS

cve: BOE-N-2025-c6241cb04359be9e792584892110f21f81bb67b1
Verificable en https://www.boe.es

Los interesados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer
ante los órganos responsables de su tramitación en cualquier Centro de Atención e
Información de la Seguridad Social de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, para
conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal
conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la
localidad, solicitando cita previa al teléfono 901 10 65 70 o en www.seg-social.es.