Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-541486)
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de
julio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
ID: N2500547085
ACUERDO DE INICIACIÓN DE PROC. DE REINTEGRO DE IMV
De acuerdo con lo establecido en el artículo 132.4 del Texto Refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30
de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
notificaciones que no hayan podido realizarse en el domicilio del interesado se
practicarán exclusivamente en el Boletín Oficial del Estado.
Habiéndose intentado la notificación del acuerdo de iniciación de procedimiento de
reintegro de prestaciones indebidamente percibidas, referida a los interesados que se
citan, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables al Instituto Nacional
de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante su publicación en el Boletín Oficial
del Estado.
Los interesados o sus representantes, debidamente acreditados, podrán comparecer
ante cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social dependiente de
esta Dirección Provincial que les corresponda por razón de su domicilio, para el
conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos en horario de 9 a 14 horas,
de lunes a viernes, excepto festivos, en la localidad arriba indicada, en el plazo de diez
días hábiles, contados desde el día siguiente a esta publicación.
Si transcurrido el plazo indicado de diez días hábiles no hubiera comparecido, la
notificación se entenderá realizada a todos los efectos legales, iniciándose el cómputo
del plazo de 15 días hábiles para formular alegaciones, de conformidad con lo
establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 3 del Real Decreto148/1996, de 5 de
febrero, por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las
prestaciones de la seguridad social indebidamente percibidas.
CÓRDOBA, 28 de julio de 2025.- SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE
INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA, INFORMES DE COTIZACIÓN Y SUBSIDIOS,
MARÍA FUENSANTA GALÁN BEJARANO
cve: BOE-N-2025-3a2699299a3fc8efebe07cdaf4b554b42ee3f0f5
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de
julio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
ID: N2500547085
ACUERDO DE INICIACIÓN DE PROC. DE REINTEGRO DE IMV
De acuerdo con lo establecido en el artículo 132.4 del Texto Refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30
de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
notificaciones que no hayan podido realizarse en el domicilio del interesado se
practicarán exclusivamente en el Boletín Oficial del Estado.
Habiéndose intentado la notificación del acuerdo de iniciación de procedimiento de
reintegro de prestaciones indebidamente percibidas, referida a los interesados que se
citan, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables al Instituto Nacional
de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante su publicación en el Boletín Oficial
del Estado.
Los interesados o sus representantes, debidamente acreditados, podrán comparecer
ante cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social dependiente de
esta Dirección Provincial que les corresponda por razón de su domicilio, para el
conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos en horario de 9 a 14 horas,
de lunes a viernes, excepto festivos, en la localidad arriba indicada, en el plazo de diez
días hábiles, contados desde el día siguiente a esta publicación.
Si transcurrido el plazo indicado de diez días hábiles no hubiera comparecido, la
notificación se entenderá realizada a todos los efectos legales, iniciándose el cómputo
del plazo de 15 días hábiles para formular alegaciones, de conformidad con lo
establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 3 del Real Decreto148/1996, de 5 de
febrero, por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las
prestaciones de la seguridad social indebidamente percibidas.
CÓRDOBA, 28 de julio de 2025.- SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE
INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA, INFORMES DE COTIZACIÓN Y SUBSIDIOS,
MARÍA FUENSANTA GALÁN BEJARANO
cve: BOE-N-2025-3a2699299a3fc8efebe07cdaf4b554b42ee3f0f5
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184