Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-541467)
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de
julio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
ID: N2500546995

no notificado
orfandad
orfandad

Expediente

NIE

45/2025/501833/114 revisión: 2025/059 0Y4864197X

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSS DE TOLEDO
Notificación por edictos. Reintegro de prestaciones.

Habiéndose intentado la notificación relativa a los expedientes administrativos que se
señalan más abajo, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables al
Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante su publicación en
el Boletín Oficial del Estado
De conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, este acto no se
publica en su integridad, por concurrir las circunstancias señaladas en este último. Los
interesados, o sus representantes, debidamente acreditados, podrán comparecer ante
los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial del INSS,
(sección de trámite de muerte y supervivencia), sita en c/ Venancio González nº 5, o en
cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), en el plazo
de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a esta publicación, para
conocimiento del contenido íntegro del acto notificado, en horario de 9 a 14 horas, de
lunes a viernes.
Si transcurrido el plazo indicado de diez días, no hubiera comparecido, la notificación
se entenderá realizada a todos los efectos legales, iniciándose el cómputo del plazo de
30 días hábiles para interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional ante dicha
Dirección Provincial del INSS, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la
Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE del día 11).
RELACIONES DE PERSONAS INTERESADAS

cve: BOE-N-2025-270fe35e8a50d4168b43adcb89482b605a5d4bac
Verificable en https://www.boe.es

De acuerdo con lo establecido en el artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido de
la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 12 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a
los Servicios Públicos, las notificaciones que no hayan podido realizarse en la sede
electrónica de la Seguridad Social o en el domicilio del interesado se practicarán,
exclusivamente, por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.