Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-541471)
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de
julio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
ID: N2500547012
Notificación por Edicto- Reintegro de prestaciones indebidas
De acuerdo con lo establecido en el artículo 132.4 del texto Refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30
de octubre (BOE del día 31), las notificaciones que no hayan podido realizarse en la
sede electrónica de la Seguridad Social o en el domicilio del interesado se practicarán
exclusivamente por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, de
acuerdo con la disposición adicional tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE del día 2).
Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por causas
no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante
su publicación en el Boletín Oficial del Estado. En cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 46 de la ley 39/2015, se dispone que los interesados, o sus representantes
debidamente acreditados, podrán comparecer en el plazo de 10 días hábiles desde la
presente publicación ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección
Provincial, c/ Huéscar, 4, Málaga, para conocimiento del contenido íntegro de los
mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de
lunes a viernes, excepto festivos en la localidad, solicitando cita previa al teléfono 901 10
65 70 o a través de la página web www.seg-social.es, fecha a partir de la cual se
entenderá debidamente notificado el acto administrativo.
NOTIFICACION: Esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad
Social en Málaga dictó resolución definitiva en el procedimiento de reintegro de
prestaciones indebidamente percibidas a su nombre. El abono voluntario del importe
íntegro de la deuda que tienen contraída por este concepto puede efectuarlo, dentro de
los treinta días siguientes al de la notificación de la presente resolución, mediante un
ingreso en la cuenta número IBAN ES05 2103-2060-67-3101000023 denominada
Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, cuenta de ingresos
del INSS, en UNICAJA. De acuerdo con el Real Decreto 148/1996, de 6 de febrero (BOE
del día 20), transcurrido dicho plazo sin efectuar el reintegro de esta cantidad, se
efectuará un descuento mensual continuado sobre su pensión en la cuantía que resulte
de aplicar las reglas establecidas en su artículo 4, hasta la total cancelación de la deuda,
salvo que no fuera de aplicación, en cuyo caso se dará traslado a la Tesorería General
de la Seguridad Social para que inicie el procedimiento de gestión recaudatoria, indicado
en el artículo 5.
Contra la resolución por la que se le reclama el cobro indebido puede interponer
reclamación previa a la vía jurisdiccional ante la Dirección Provincial, en el plazo de los
30 días contados a partir del siguiente a la fecha de notificación, de conformidad con lo
cve: BOE-N-2025-a7495610d88482878a3272d53707b79ea64e1b2e
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de
julio de 2025 en procedimiento reintegro de prestaciones indebidas.
ID: N2500547012
Notificación por Edicto- Reintegro de prestaciones indebidas
De acuerdo con lo establecido en el artículo 132.4 del texto Refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30
de octubre (BOE del día 31), las notificaciones que no hayan podido realizarse en la
sede electrónica de la Seguridad Social o en el domicilio del interesado se practicarán
exclusivamente por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, de
acuerdo con la disposición adicional tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE del día 2).
Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por causas
no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante
su publicación en el Boletín Oficial del Estado. En cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 46 de la ley 39/2015, se dispone que los interesados, o sus representantes
debidamente acreditados, podrán comparecer en el plazo de 10 días hábiles desde la
presente publicación ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección
Provincial, c/ Huéscar, 4, Málaga, para conocimiento del contenido íntegro de los
mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de
lunes a viernes, excepto festivos en la localidad, solicitando cita previa al teléfono 901 10
65 70 o a través de la página web www.seg-social.es, fecha a partir de la cual se
entenderá debidamente notificado el acto administrativo.
NOTIFICACION: Esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad
Social en Málaga dictó resolución definitiva en el procedimiento de reintegro de
prestaciones indebidamente percibidas a su nombre. El abono voluntario del importe
íntegro de la deuda que tienen contraída por este concepto puede efectuarlo, dentro de
los treinta días siguientes al de la notificación de la presente resolución, mediante un
ingreso en la cuenta número IBAN ES05 2103-2060-67-3101000023 denominada
Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, cuenta de ingresos
del INSS, en UNICAJA. De acuerdo con el Real Decreto 148/1996, de 6 de febrero (BOE
del día 20), transcurrido dicho plazo sin efectuar el reintegro de esta cantidad, se
efectuará un descuento mensual continuado sobre su pensión en la cuantía que resulte
de aplicar las reglas establecidas en su artículo 4, hasta la total cancelación de la deuda,
salvo que no fuera de aplicación, en cuyo caso se dará traslado a la Tesorería General
de la Seguridad Social para que inicie el procedimiento de gestión recaudatoria, indicado
en el artículo 5.
Contra la resolución por la que se le reclama el cobro indebido puede interponer
reclamación previa a la vía jurisdiccional ante la Dirección Provincial, en el plazo de los
30 días contados a partir del siguiente a la fecha de notificación, de conformidad con lo
cve: BOE-N-2025-a7495610d88482878a3272d53707b79ea64e1b2e
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Núm. 184