Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Madrid. (BOE-N-2025-543031)
INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO. Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento sancionador en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas. Acuerdo de inicio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE MADRID
INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO. Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025
en procedimiento sancionador en materia de espectáculos públicos y actividades
recreativas. Acuerdo de inicio.
ID: N2500548630

Notificar a la persona interesada abajo relacionada, mediante la inserción de anuncio
en el Tablón Edictal Único, la resolución del inicio de expediente sancionador, por
vulneración del artículo 38.9 en relación con el artículo 24.3 de la Ley 17/1997, de 4 de
julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid,
asimismo en relación con el artículo 67.2 del Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto,
por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y
Actividades Recreativas.
Número de expediente Interesado/a Fecha Resolución Incoación
183/2025/01682

50205422X

27/06/2025

Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
habida cuenta que habiendo sido intentada la notificación individual no ha sido posible
practicarla.

DERECHO A FORMULAR ALEGACIONES
La persona interesada tiene derecho a formular Alegaciones (artículo 6.3 del Decreto
245/2000), así como al trámite de audiencia y a proponer la práctica de las pruebas que
estimen pertinentes en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a
aquél en que se publique el presente edicto en el Tablón Edictal Único.
Transcurrido dicho plazo, y en el caso de haber hecho uso de su derecho, se pasará
a formular la oportuna Propuesta de Resolución o a ordenar el archivo de las
actuaciones.
No obstante, se advierte a la persona interesada que de no efectuarse alegaciones
sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo previsto, la misma será
considerada Propuesta de Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo
6.2 a) del Decreto 245/2000.
Madrid, 28 de julio de 2025.- El Director General del Instituto Municipal de Consumo,
Armando Teixeiro Feijoo.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-866a3f58d182604ed05f8ec0c6ed348d6e481307
Verificable en https://www.boe.es

Lo que se hace público para conocimiento de la persona interesada, advirtiéndole
que el expediente podrá ser consultado en las dependencias municipales del Servicio de
Inspección de Consumo sito en c/ Príncipe de Vergara, 140 28002 Madrid, debiéndose
poner en contacto a través del correo electrónico orconsumo@madrid.es, o bien del
teléfono 91 4801852.