Administración Local. Cádiz. Diputación Provincial De Cádiz. (BOE-N-2025-542481)
ÁREA DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA. Anuncio de notificación de 25 de julio de 2025 en procedimiento sancionador: Acuerdo de Inicio de expedientes sancionadores del municipio de Jerez de la Frontera.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
recaudacion_y_gestion_tributaria/red-de-oficinas/ o por cualquier otro medio de los
recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, así como en cualquiera de los Registros legalmente
establecidos (art. 16 LPACAP).
CONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: Realizar el PAGO voluntario con reducción de
la sanción propuesta y/o efectuar declaración expresa de RECONOCIMIENTO DE
RESPONSABILIDAD, en las condiciones y con los efectos previstos en la normativa
aplicable según la infracción cometida (art. 64.2d y 85 LPACAP).
El importe de las sanciones podrá hacerse efectivo en cualquier sucursal de La
Caixa, ServiCaixa o CaixaBank, mediante carta de pago que podrá solicitarse
directamente a la Unidad Técnica de Sanciones del Servicio Provincial De Recaudación
y Gestión Tributaria de la Diputación de Cádiz (SPRyGT), o a través de cualquier Oficina
del SPRyGT repartidas por la provincia.
Transcurrido el plazo indicado sin que se hayan presentado alegaciones, se podrá
determinar que dicho acuerdo de iniciación sea considerado como PROPUESTA DE
RESOLUCIÓN que será elevada al órgano competente para que dicte la resolución que
corresponda (arts. 64.2f y 88.7 LPACAP).
La identificación de los afectados y destinatarios de las actuaciones administrativas
se realiza dando cumplimiento de la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales.
JEREZ DE LA FRONTERA, 25 de julio de 2025.- El Instructor D. Ignacio Mera
González, Coordinador del SPRyGT
cve: BOE-N-2025-5293c1e7ae1beaf1daaef7d4b3a1ea1dc30552d2
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
recaudacion_y_gestion_tributaria/red-de-oficinas/ o por cualquier otro medio de los
recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, así como en cualquiera de los Registros legalmente
establecidos (art. 16 LPACAP).
CONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: Realizar el PAGO voluntario con reducción de
la sanción propuesta y/o efectuar declaración expresa de RECONOCIMIENTO DE
RESPONSABILIDAD, en las condiciones y con los efectos previstos en la normativa
aplicable según la infracción cometida (art. 64.2d y 85 LPACAP).
El importe de las sanciones podrá hacerse efectivo en cualquier sucursal de La
Caixa, ServiCaixa o CaixaBank, mediante carta de pago que podrá solicitarse
directamente a la Unidad Técnica de Sanciones del Servicio Provincial De Recaudación
y Gestión Tributaria de la Diputación de Cádiz (SPRyGT), o a través de cualquier Oficina
del SPRyGT repartidas por la provincia.
Transcurrido el plazo indicado sin que se hayan presentado alegaciones, se podrá
determinar que dicho acuerdo de iniciación sea considerado como PROPUESTA DE
RESOLUCIÓN que será elevada al órgano competente para que dicte la resolución que
corresponda (arts. 64.2f y 88.7 LPACAP).
La identificación de los afectados y destinatarios de las actuaciones administrativas
se realiza dando cumplimiento de la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales.
JEREZ DE LA FRONTERA, 25 de julio de 2025.- El Instructor D. Ignacio Mera
González, Coordinador del SPRyGT
cve: BOE-N-2025-5293c1e7ae1beaf1daaef7d4b3a1ea1dc30552d2
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184