Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Alcalá De Henares. (BOE-N-2025-542985)
Anuncio de notificación de 30 de julio de 2025 en procedimientos sancionadores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

Supl. N. Pág. 2

ANEXO I
Acto: Resoluciones por las que se acuerda el inicio de los siguientes expedientes
sancionadores por infracción a la Ley 50/99 de 23 de diciembre sobre el Régimen
Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, a la ley 4/16 de 22 de
julio de Protección de Animales de Compañía y/o a la Ordenanza Municipal Reguladora
de la Tenencia y Protección de Animales de Compañía de Alcalá de Henares:
Nº EXPTE

N.I.F./N.I.E./Pass FECHA INFRACCIÓN

2025-AN-112 50873974K

10/12/2024

Los interesados podrán, durante el plazo de quince días, a partir del siguiente al de la
publicación del presente anuncio: 1) presentar alegaciones, mediante escrito que podrán
presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 76 de la LPA y de no
hacerlo, el acuerdo de iniciación podrá considerarse propuesta de resolución; 2)
reconocer voluntariamente su responsabilidad, resolviéndose sin más trámite.
ANEXO II
Acto: Resoluciones por las que se resuelven los siguientes expedientes
sancionadores por infracción a la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y
Protección de Animales de Compañía de Alcalá de Henares
Nº EXPTE

N.I.F./N.I.E./Pass FECHA INFRACCIÓN ARTICULO

2025-AN-056 X84828837X

15/11/2024

SANCIÓN

Art. 39.k en rel con el art. 6.1.i.ORTPAC 300 €

En el supuesto de que interponga el recurso potestativo de reposición, este se
entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por este Ayuntamiento en el
plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativo ante el Juzgado
antes citado por el plazo de seis meses contado a partir del día siguiente a de
terminación del plazo para resolver expresamente. Si dicho recurso potestativo de
reposición fuera expresamente resuelto por este Ayuntamiento, el plazo para la
interposición del recurso contencioso administrativo será de dos meses contados a partir
del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo
de reposición.
Todo ello según lo dispuestos en los art. 123 y 124 de la ley 39/2015. de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y
46 de la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, y sin perjuicio de que Ud. considere ejercitar cualquier otro recurso o
acción que estime pertinente.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-e0d4109dbe086846637b1bf69ebc161d374ed4f5
Verificable en https://www.boe.es

Frente al presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá Ud. interponer
recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento
en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación. Transcurrido
dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que corresponda, en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.