Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Santa Margarida De Montbui. (BOE-N-2025-542428)
Anuncio de notificación de 30 de julio de 2025 en procedimiento sancionador por infracción de la Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGARIDA DE MONTBUI
Anuncio de notificación de 30 de julio de 2025 en procedimiento sancionador por
infracción de la Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana.
ID: N2500550628

Al haber sido infructuosa la notificación a la persona interesada, y en cumplimiento
de lo que disponen los artículos 42 y 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública
la notificación mediante edicto, de la parte resolutiva de la propuesta de resolución de
fecha 2 de julio de 2025, que adoptó el instructor del expediente sancionador núm.
1042/2025, a la persona con pasaporte núm. 223318045, con el siguiente contenido:
“Primero.- Imponer a la persona con pasaporte núm. 223318045, una sanción de 100
€, de acuerdo con el acta de la Policía Local 402/2025 de 8 de mayo de 2025, por
incumplimiento de los artículos 4 y 9 de la Ordenanza Municipal de Convivencia
Ciudadana por:
- Tener la música alta en la noche, cantar y gritar, provocando molestias y
molestando el descanso de los vecinos.
Para realizar el pago de la sanción, la persona denunciada tendrá que personarse en
la Tesorería Municipal de este ayuntamiento (Ctra. De Valls, 57).

Segundo.- NOTIFICAR la presente propuesta de resolución a la persona con
pasaporte núm. 223318045, indicando de que dispone de un plazo máximo de diez días
hábiles, a contar desde el día siguiente de haber recibido la presente notificación, para
que pueda formular ante el instructor del expediente las alegaciones que considere
pertinentes. Transcurrido este plazo de alegaciones, se dará traslado de las actuaciones
a la alcaldía, para que ésta resuelva definitivamente lo que considere pertinente.
Igualmente, la alcaldía, una vez verificado el trámite de alegaciones del inculpado,
resolverá lo que considere más adecuado.
Tercero.- COMUNICAR la presente resolución a la Intervención y Tesorería de esta
corporación.
RECURSOS
Esta resolución no se puede impugnar, por tratarse de un acto administrativo de
trámite no calificado."
SANTA MARGARIDA DE MONTBUI, 30 de julio de 2025.- El Secretario accidental,
Joaquim Bernal Bagà

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-64a764ddb7985d61084e229bec1f6533c7403144
Verificable en https://www.boe.es

Le informamos de acuerdo con el art. 85 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, que el
pago voluntario de la sanción, en cualquier momento previo a la resolución, implicará la
finalización del procedimiento, excepto a lo que se refiere a la reposición de la situación
alterada o a la determinación de la indemnización por los daños y perjuicios causados
por la comisión de la infracción.