Administración Local. Cádiz. Ayuntamiento De Chipiona. (BOE-N-2025-542508)
Anuncio de notificación de 30 de julio de 2025 en procedimiento de Decreto del Concejal Delegado de Estadística, en relación a la baja de oficio por inclusión indebida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CÁDIZ
AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA
Anuncio de notificación de 30 de julio de 2025 en procedimiento de Decreto del Concejal
Delegado de Estadística, en relación a la baja de oficio por inclusión indebida.
ID: N2500550795

ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN
MENORES DE EDAD
ANUNCIO DE NOTIFICACION
Intentada sin éxito la notificación personal en los domicilios que figuran en el Padrón,
y no siendo posible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se procede a la notificación mediante anuncio en el Boletín
Oficial del Estado de la siguiente Resolución:
“El Sr. Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Chipiona, al amparo de lo
dispuesto en el art. 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, ha resuelto dictar el siguiente:
DECRETO
Atendido que este Ayuntamiento ha tenido conocimiento, mediante comprobaciones
realizadas por los servicios municipales competentes, de la existencia de circunstancias
suficientes para presumir que las personas que se relacionan a continuación no residen
habitualmente en este municipio ni en los domicilios en los que figuran empadronadas,
durante la mayor parte del año:

N.P.R.

Pago Escalereta 58

Alicia de la Rosa Millan

L.F.L.

Pago Arriate 24

Natascha Linke

CH.L.

Pago Arriate 24

Natascha Linke

De conformidad con lo establecido en el artículo 54.1 del Real Decreto 1690/1986, de
11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial
de las Entidades Locales, toda persona que viva en España debe estar inscrita en el
Padrón del municipio donde resida habitualmente y, si residiera en varios municipios,
únicamente en aquel donde habite durante más tiempo al año.
Comprobado por los servicios técnicos municipales que las personas antes citadas
no residen habitualmente en este municipio, se estima procedente la incoación del
expediente de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes por inscripción indebida,
en cumplimiento del artículo 72 del citado Reglamento y conforme a la Resolución de 17
de febrero de 2020, de la Presidencia del INE y de la Dirección General de Cooperación
Autonómica y Local.
RESUELVO:

cve: BOE-N-2025-10c5a6aa22811f11a778f3c8a5d592eb8cc185fc
Verificable en https://www.boe.es

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