Administración Local. Cádiz. Ayuntamiento De Chipiona. (BOE-N-2025-542506)
Anuncio de notificación de 30 de julio de 2025 en procedimiento de Decreto del Concejal Delegado de Estadística, en relación a la baja de oficio por caducidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CÁDIZ
AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA
Anuncio de notificación de 30 de julio de 2025 en procedimiento de Decreto del Concejal
Delegado de Estadística, en relación a la baja de oficio por caducidad.
ID: N2500550723
ANUNCIO DE NOTIFICACION
Intentada sin éxito la notificación personal en los domicilios que figuran en el Padrón,
y no siendo posible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se procede a la notificación mediante anuncio en el Boletín
Oficial del Estado de la siguiente Resolución:
“El Sr. Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Chipiona, en uso de las
atribuciones conferidas por el art. 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, ha resuelto dictar el siguiente:
DECRETO
El artículo 16.1, párrafo segundo, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, establece la obligatoriedad de la renovación periódica cada
dos años de las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes de los extranjeros no
comunitarios sin autorización de residencia permanente, y la caducidad de dichas
inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal renovación en el plazo indicado. En este
caso, la caducidad podrá declararse sin necesidad de audiencia previa del interesado.
Se ha constatado por los servicios municipales competentes que a esta fecha se ha
producido la caducidad de las inscripciones padronales de los siguientes extranjeros no
comunitarios sin autorización de residencia permanente, por haber transcurrido dos años
desde su fecha de alta en el Padrón Municipal de Habitantes o desde la fecha de la
última renovación expresa, sin haber procedido a su renovación:
Apellidos
Nombre
ZANNOUNE MOHAMED
BEATTIE
JANE ELIZAB.
MEEHAN
JOHN FRANCIS
GUTIERREZ YESSENIA CAR.
En virtud de lo expuesto, RESUELVO:
PRIMERO. Declarar la caducidad de la inscripción en el Padrón Municipal de
Habitantes de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente
cve: BOE-N-2025-b1e32732263a93c874c7ed51ace012cfe5872bc0
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local,
por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del
Padrón municipal, establece las directrices para dicho procedimiento.
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CÁDIZ
AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA
Anuncio de notificación de 30 de julio de 2025 en procedimiento de Decreto del Concejal
Delegado de Estadística, en relación a la baja de oficio por caducidad.
ID: N2500550723
ANUNCIO DE NOTIFICACION
Intentada sin éxito la notificación personal en los domicilios que figuran en el Padrón,
y no siendo posible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se procede a la notificación mediante anuncio en el Boletín
Oficial del Estado de la siguiente Resolución:
“El Sr. Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Chipiona, en uso de las
atribuciones conferidas por el art. 21 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, ha resuelto dictar el siguiente:
DECRETO
El artículo 16.1, párrafo segundo, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, establece la obligatoriedad de la renovación periódica cada
dos años de las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes de los extranjeros no
comunitarios sin autorización de residencia permanente, y la caducidad de dichas
inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal renovación en el plazo indicado. En este
caso, la caducidad podrá declararse sin necesidad de audiencia previa del interesado.
Se ha constatado por los servicios municipales competentes que a esta fecha se ha
producido la caducidad de las inscripciones padronales de los siguientes extranjeros no
comunitarios sin autorización de residencia permanente, por haber transcurrido dos años
desde su fecha de alta en el Padrón Municipal de Habitantes o desde la fecha de la
última renovación expresa, sin haber procedido a su renovación:
Apellidos
Nombre
ZANNOUNE MOHAMED
BEATTIE
JANE ELIZAB.
MEEHAN
JOHN FRANCIS
GUTIERREZ YESSENIA CAR.
En virtud de lo expuesto, RESUELVO:
PRIMERO. Declarar la caducidad de la inscripción en el Padrón Municipal de
Habitantes de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente
cve: BOE-N-2025-b1e32732263a93c874c7ed51ace012cfe5872bc0
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local,
por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del
Padrón municipal, establece las directrices para dicho procedimiento.