Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Xeraco. (BOE-N-2025-543645)
Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimientos sancionadores por infracciones a normativas municipal u otras normativas con competencias sancionadoras del ayuntamiento.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE XERACO
Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimientos sancionadores por
infracciones a normativas municipal u otras normativas con competencias sancionadoras
del ayuntamiento.
ID: N2500549197
Por Decreto de Alcaldía se acordó la incoación de los expedientes sancionadores
abajo referenciados por infracción de la normativa indicada. Intentada la notificación del
acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que
consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio
de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 42.2 y 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado
en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación
dictados a las personas interesadas. Se les informa que los expedientes sancionadores
se encuentran a su disposición en las oficinas del Ayuntamiento de Xeraco pudiendo
pedir copia de los mismos previa solicitud.
Se le otorga un plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente,
presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas en el Registro General
del Ayuntamiento, sito en Plaça de l'Església, 3, 46770 Xeraco, Valencia y a través de
cualquiera de los medios que regula el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción deberá abonar el
importe de la misma mediante CARTA DE PAGO, que podrá solicitar en el número de
teléfono 942 093 123. La realización de dicho pago implica la conformidad con los
hechos denunciados y la terminación del procedimiento sancionador.
Asimismo, será de aplicación una reducción del importe de la sanción, en los
siguientes supuestos:
Si reconoce su responsabilidad en cualquier momento anterior a la notificación de la
resolución, en cuyo caso se pondrá fin al procedimiento (salvo, si procede, en lo relativo
a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por los
daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción), y aplicará una reducción
del 20% sobre el importe de la sanción propuesta.
Si efectúa el pago voluntario en cualquier momento anterior a la resolución, en cuyo
caso se pondrá fin al procedimiento (salvo, si procede, en lo relativo a la reposición de la
situación alterada o a la determinación de la indemnización por los daños y perjuicios
causados por la comisión de la infracción), y aplicará una reducción del 20% sobre el
importe de la sanción propuesta.
Ambas reducciones son acumulables, pudiendo alcanzar, por tanto, el 40% del
importe de la sanción, de manera que en caso de reconocer su responsabilidad y
cve: BOE-N-2025-42215e6573546c2a92f94a0cae568fa57addf429
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE XERACO
Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimientos sancionadores por
infracciones a normativas municipal u otras normativas con competencias sancionadoras
del ayuntamiento.
ID: N2500549197
Por Decreto de Alcaldía se acordó la incoación de los expedientes sancionadores
abajo referenciados por infracción de la normativa indicada. Intentada la notificación del
acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que
consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio
de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 42.2 y 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado
en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación
dictados a las personas interesadas. Se les informa que los expedientes sancionadores
se encuentran a su disposición en las oficinas del Ayuntamiento de Xeraco pudiendo
pedir copia de los mismos previa solicitud.
Se le otorga un plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente,
presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas en el Registro General
del Ayuntamiento, sito en Plaça de l'Església, 3, 46770 Xeraco, Valencia y a través de
cualquiera de los medios que regula el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción deberá abonar el
importe de la misma mediante CARTA DE PAGO, que podrá solicitar en el número de
teléfono 942 093 123. La realización de dicho pago implica la conformidad con los
hechos denunciados y la terminación del procedimiento sancionador.
Asimismo, será de aplicación una reducción del importe de la sanción, en los
siguientes supuestos:
Si reconoce su responsabilidad en cualquier momento anterior a la notificación de la
resolución, en cuyo caso se pondrá fin al procedimiento (salvo, si procede, en lo relativo
a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por los
daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción), y aplicará una reducción
del 20% sobre el importe de la sanción propuesta.
Si efectúa el pago voluntario en cualquier momento anterior a la resolución, en cuyo
caso se pondrá fin al procedimiento (salvo, si procede, en lo relativo a la reposición de la
situación alterada o a la determinación de la indemnización por los daños y perjuicios
causados por la comisión de la infracción), y aplicará una reducción del 20% sobre el
importe de la sanción propuesta.
Ambas reducciones son acumulables, pudiendo alcanzar, por tanto, el 40% del
importe de la sanción, de manera que en caso de reconocer su responsabilidad y
cve: BOE-N-2025-42215e6573546c2a92f94a0cae568fa57addf429
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184