Administración Local. Teruel. Ayuntamiento De Alcañiz. (BOE-N-2025-543476)
Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimiento sancionador por infracción a normativa municipal u otra normativa con competencia sancionadora del ayuntamiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
TERUEL
AYUNTAMIENTO DE ALCAÑIZ
Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimiento sancionador por
infracción a normativa municipal u otra normativa con competencia sancionadora del
ayuntamiento.
ID: N2500549250

Por Decreto de Alcaldía se acordó la resolución del expediente sancionador abajo
referenciado por infracción de la normativa indicada. Intentada la notificación del acuerdo
por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el
correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos.
Por este motivo y de conformidad con el artículo 42 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, la
notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado
(BOE).
En consecuencia, mediante este anuncio se notifica la resolución del expediente
sancionador dictado a la persona interesada. Se le informa que el expediente
sancionador se encuentra a su disposición en las oficinas del Ayuntamiento de Alcañiz
pudiendo pedir copia de los mismos previa solicitud.
Contra la sanción, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso
de reposición ante el órgano que lo ha dictado (Alcaldía), en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente la práctica de la notificación a través de la publicación del presente
Decreto de Resolución en el B.O.E. o alternativamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el
plazo de dos meses (art. 52 de la Ley 7/1985 y art. 8,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En ambos casos, el
plazo se computará desde el día siguiente a aquél en que se lleve a cabo la práctica de
la presente notificación.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción podrá hacerlo
mediante carta de pago, que deberán solicitar en el teléfono 942 093 123, en horario
continuo de de 07:30 a 18:30 horas.
Transcurridos los mencionados plazos para efectuar el ingreso en período voluntario,
sin haberlo realizado, se iniciará el procedimiento de recaudación en período ejecutivo,
con la obligación de satisfacer los recargos, intereses y costas a que se refiere la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, la Ley General Tributaria.
El teléfono de atención al ciudadano es 942 093 123, en horario ininterrumpido de
7:30 horas a 18:30 horas.
Alcañiz, 29 de julio de 2025.- El Sr. Alcalde Presidente D. Miguel Ángel Estevan
Serrano.

cve: BOE-N-2025-66d6ae66bc4c7e4387b1a084ad7f9cbb2576d09f
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 184