Administración Local. Cuenca. Ayuntamiento De Cuenca. (BOE-N-2025-542587)
Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimiento sancion.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CUENCA
AYUNTAMIENTO DE CUENCA
Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimiento sancion.
ID: N2500547213
EDICTO. NOTIFICACION DE INICIO DE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES EN
MATERIA DE TRAFICO
Los art 90 y 91 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial (en adelante LSV) regulan que se hace pública la notificación de la iniciación a las
personas o entidades denunciadas, siendo el instructor el Jefe de Servicio de Movilidad
de este Ayto., ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido
no se ha podido practicar. El Organo competente para resolver es el Alcalde (art 84.4
LSV), competencia delegada en el Ilmo. Sr. Concejal Delegado del Area de Gobierno de
Tráfico, Movilidad y Patrimonio, Héctor Serrano García, en ejercicio de las atribuciones
delegadas por Decreto número 2549/2025 de 3 de junio .Si en la columna Req aparece
el Nº (1) se requiere al denunciado, titular del vehículo, para que identifique al conductor
en el plazo de 20 días naturales. Si se incumple esta la obligación, se le iniciará
expediente sancionador por infracción del art 11 y art 77.j de la LSV. Dicha infracción es
muy grave sancionable con el doble de la cuantía prevista para la infracción original que
la motivó, si la infracción fuese leve, o el triple si la infracción fuese grave o muy grave.
La identificacion del conductor deberá realizarse de acuerdo con lo establecido en el art.
11 de la LSV. El escrito deberá presentarse en el Registro del Ayto. de Cuenca, sito en
Pza. Mayor nº1 y Pza. de España (edificio del mercado, 1ªP.) o por cualquiera de los
medios previstos en la legislación vigente. Si en la columna Req aparece el Nº (2) puede:
a) Abonar la multa o identificar al conductor en el plazo de 20 días naturales, retirando
con anterioridad la carta de pago en la Oficina de Gestión de Multas sita en Avda.
República Argentina 1, C. Cuatro Caminos, local 17. En caso de pago de la sanción en el
plazo de 20 días naturales desde la fecha de notificación de la denuncia se aplicará lo
dispuesto en el art 94 del RDL 6/2015 (LSV) que implica: la reducción del 50 por ciento
del importe, la renuncia a formular las alegaciones y la terminación del procedimiento sin
necesidad de dictar resolución expresa. Dicho procedimiento abreviado no será aplicable
a las denuncias por infracción del art 77.j (art 93.2 LSV) b) En caso de disconformidad
con la denuncia, los interesados podrán alegar por escrito, dirigido al Registro del Ayto.
de Cuenca, sito en Pza. Mayor nº1 y Pza. de España (edificio del mercado, 1ªP.) o en los
lugares previstos en el art 38 de la ley 30/92, dentro del plazo de veinte días naturales,
contados desde el día siguiente al de finalización de la publicación del presente edicto.
Pasado el plazo de 20 días naturales sin abonar la multa ni formular alegaciones el
contenido de la presente notificaciones acto resolutorio del procedimiento sancionador
(art 95.4 LSV). (*) Este edicto se mantendrá expuesto durante un periodo de 20 días
naturales. Finalizado este plazo la notificación se tendrá por practicada.
cve: BOE-N-2025-a7db35e4883f718bd55bfd9a8ad19154a96f7db2
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CUENCA
AYUNTAMIENTO DE CUENCA
Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimiento sancion.
ID: N2500547213
EDICTO. NOTIFICACION DE INICIO DE PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES EN
MATERIA DE TRAFICO
Los art 90 y 91 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial (en adelante LSV) regulan que se hace pública la notificación de la iniciación a las
personas o entidades denunciadas, siendo el instructor el Jefe de Servicio de Movilidad
de este Ayto., ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido
no se ha podido practicar. El Organo competente para resolver es el Alcalde (art 84.4
LSV), competencia delegada en el Ilmo. Sr. Concejal Delegado del Area de Gobierno de
Tráfico, Movilidad y Patrimonio, Héctor Serrano García, en ejercicio de las atribuciones
delegadas por Decreto número 2549/2025 de 3 de junio .Si en la columna Req aparece
el Nº (1) se requiere al denunciado, titular del vehículo, para que identifique al conductor
en el plazo de 20 días naturales. Si se incumple esta la obligación, se le iniciará
expediente sancionador por infracción del art 11 y art 77.j de la LSV. Dicha infracción es
muy grave sancionable con el doble de la cuantía prevista para la infracción original que
la motivó, si la infracción fuese leve, o el triple si la infracción fuese grave o muy grave.
La identificacion del conductor deberá realizarse de acuerdo con lo establecido en el art.
11 de la LSV. El escrito deberá presentarse en el Registro del Ayto. de Cuenca, sito en
Pza. Mayor nº1 y Pza. de España (edificio del mercado, 1ªP.) o por cualquiera de los
medios previstos en la legislación vigente. Si en la columna Req aparece el Nº (2) puede:
a) Abonar la multa o identificar al conductor en el plazo de 20 días naturales, retirando
con anterioridad la carta de pago en la Oficina de Gestión de Multas sita en Avda.
República Argentina 1, C. Cuatro Caminos, local 17. En caso de pago de la sanción en el
plazo de 20 días naturales desde la fecha de notificación de la denuncia se aplicará lo
dispuesto en el art 94 del RDL 6/2015 (LSV) que implica: la reducción del 50 por ciento
del importe, la renuncia a formular las alegaciones y la terminación del procedimiento sin
necesidad de dictar resolución expresa. Dicho procedimiento abreviado no será aplicable
a las denuncias por infracción del art 77.j (art 93.2 LSV) b) En caso de disconformidad
con la denuncia, los interesados podrán alegar por escrito, dirigido al Registro del Ayto.
de Cuenca, sito en Pza. Mayor nº1 y Pza. de España (edificio del mercado, 1ªP.) o en los
lugares previstos en el art 38 de la ley 30/92, dentro del plazo de veinte días naturales,
contados desde el día siguiente al de finalización de la publicación del presente edicto.
Pasado el plazo de 20 días naturales sin abonar la multa ni formular alegaciones el
contenido de la presente notificaciones acto resolutorio del procedimiento sancionador
(art 95.4 LSV). (*) Este edicto se mantendrá expuesto durante un periodo de 20 días
naturales. Finalizado este plazo la notificación se tendrá por practicada.
cve: BOE-N-2025-a7db35e4883f718bd55bfd9a8ad19154a96f7db2
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Núm. 184