Administración Local. Murcia. Ayuntamiento De Beniel. (BOE-N-2025-543169)
Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimiento sobre caducidad y baja padronal de ciudadanos extranjeros no comunitarios sin permiso de residencia permanente.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 3
PH5020173
Y8096751Y
BM4236252
Z0897614K
Y9446131E
Y6661562V
X6483756X
BY0679359
Z0589878W
FC0979254
NH5924340
ML1050927
RELACIÓN DE MENORES:
MENORES DE EDAD DOCUMENTO ID.REPRESENT
L.B.A.H.
X6666603F
D.B.
SC9824812
NH5924340
M.T.B.
JH6898197
NH5924340
SEGUNDO. Se le comunica a cada una de las personas antes relacionadas, que
dispone de un plazo de 15 días para renovar su inscripción padronal, aportando los
documentos acreditativos y, en vigor, de su identidad y correspondientes a la vivienda
donde residan.
TERCERO. Hacer saber a las personas interesadas que, cuando el Ayuntamiento no
disponga de una dirección en la que notificar esta resolución o, una vez intentada no se
hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el Boletín
Oficial del Estado.
QUINTO. Notificar esta resolución a todos los interesados, para su conocimiento y a
los efectos oportunos.
Recursos:
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto
impugnado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de
la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se
optara por interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso
contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin
perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
cve: BOE-N-2025-68b02c47e9b24ec4c55391e9febbf158ddfcff22
Verificable en https://www.boe.es
CUARTO. Determinar como fecha efectiva de la Baja la correspondiente a la de la
notificación personal o, en caso de no ser posible, por los medios alternativos que la
normativa actual prevé.
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 3
PH5020173
Y8096751Y
BM4236252
Z0897614K
Y9446131E
Y6661562V
X6483756X
BY0679359
Z0589878W
FC0979254
NH5924340
ML1050927
RELACIÓN DE MENORES:
MENORES DE EDAD DOCUMENTO ID.REPRESENT
L.B.A.H.
X6666603F
D.B.
SC9824812
NH5924340
M.T.B.
JH6898197
NH5924340
SEGUNDO. Se le comunica a cada una de las personas antes relacionadas, que
dispone de un plazo de 15 días para renovar su inscripción padronal, aportando los
documentos acreditativos y, en vigor, de su identidad y correspondientes a la vivienda
donde residan.
TERCERO. Hacer saber a las personas interesadas que, cuando el Ayuntamiento no
disponga de una dirección en la que notificar esta resolución o, una vez intentada no se
hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el Boletín
Oficial del Estado.
QUINTO. Notificar esta resolución a todos los interesados, para su conocimiento y a
los efectos oportunos.
Recursos:
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto
impugnado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de
la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se
optara por interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso
contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin
perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
cve: BOE-N-2025-68b02c47e9b24ec4c55391e9febbf158ddfcff22
Verificable en https://www.boe.es
CUARTO. Determinar como fecha efectiva de la Baja la correspondiente a la de la
notificación personal o, en caso de no ser posible, por los medios alternativos que la
normativa actual prevé.