Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Arona. (BOE-N-2025-543316)
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento Rdo. Audiencia.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE ARONA
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento Rdo. Audiencia.
ID: N2500544651
ANUNCIO
Sección de Actividades, Expediente: 79/2020-APERCLASDR
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y habiéndose
intentado notificación, de fecha 11 de abril de 2025, registrado de salida con el nº 32982,
sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a este Ayuntamiento, se
procede a la publicación del miso para que sirva de notificación en forma al interesado
con NIE.- Y8367399J, mediante el presente anuncio, y cuyo tenor literal es el siguiente:
En relación con el expediente instruido por esta Ayuntamiento a instancia del
interesado, con NIF.- Y836899J, solicitando Cambio de la Titularidad de la Licencia de
Apertura Clasificad, BAR CAFETERIA Denominado THE SWAN” sito en AVDA.
AMSTERDAM, 11 P. BAJA PTA. 113 URB. PARQUE MARGARITA – LOS CRISTIANOS,
de este Término Municipal, habiéndole correspondido el expte. núm. 000079/2020APERCLASDR, se le comunica a Ud. que:
1º.- Con fecha 27 de marzo de 2025, se presenta denuncia en la que se hace constar
lo siguiente:
(…)
2º.- Consultada la documentación obrante en el Expediente 000079/2020APERCLASDR, se constata que la documentación aportada, le habilita para el desarrollo
de una actividad de BAR CAFETERIA, y no la de BAR MUSICAL.
3º- Al amparo de lo dispuesto en el Artículo 55.1 de la Ley 7/2011, se le conmina a
que adapte el ejercicio de la actividad a las condiciones del título habilitante presentado,
que ampara el desarrollo de la actividad de RESTAURANTE. Con tal finalidad deberá
proceder al cese de la actividad musical que se desarrolla en la terraza del
establecimiento, para lo cual se le otorga un plazo de 24 h, a contar desde la recepción
del presente oficio.
4º.- Se le advierte que en caso de no atender este requerimiento en el plazo
señalado se iniciará el procedimiento sancionador a que se refieren los artículos 69 y
siguientes de la Ley 7/2011, de 5 de abril, por la comisión de una infracción grave,
tipificada en el Art. 63.1 de la citada Ley. Se le significa que las sanciones previstas en
los art. 65 y 66 podrá consistir en la clausura del establecimiento, en el cese definitivo de
la actividad, en suspensión temporal de la misma, en reducciones de horarios o en
multas que podrían alcanzar los 30.000 €.
Lo que comunico para su conocimiento y efectos oportunos.
cve: BOE-N-2025-4f81ec8383195811ffb5f9914f1765e1da189423
Verificable en https://www.boe.es
El ruido constante y falta de licencia para Karaoke, peleas, y escándalos continuos
cada noche hasta las 24.00 horas de la noche, de lunes a domingo.
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE ARONA
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento Rdo. Audiencia.
ID: N2500544651
ANUNCIO
Sección de Actividades, Expediente: 79/2020-APERCLASDR
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y habiéndose
intentado notificación, de fecha 11 de abril de 2025, registrado de salida con el nº 32982,
sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a este Ayuntamiento, se
procede a la publicación del miso para que sirva de notificación en forma al interesado
con NIE.- Y8367399J, mediante el presente anuncio, y cuyo tenor literal es el siguiente:
En relación con el expediente instruido por esta Ayuntamiento a instancia del
interesado, con NIF.- Y836899J, solicitando Cambio de la Titularidad de la Licencia de
Apertura Clasificad, BAR CAFETERIA Denominado THE SWAN” sito en AVDA.
AMSTERDAM, 11 P. BAJA PTA. 113 URB. PARQUE MARGARITA – LOS CRISTIANOS,
de este Término Municipal, habiéndole correspondido el expte. núm. 000079/2020APERCLASDR, se le comunica a Ud. que:
1º.- Con fecha 27 de marzo de 2025, se presenta denuncia en la que se hace constar
lo siguiente:
(…)
2º.- Consultada la documentación obrante en el Expediente 000079/2020APERCLASDR, se constata que la documentación aportada, le habilita para el desarrollo
de una actividad de BAR CAFETERIA, y no la de BAR MUSICAL.
3º- Al amparo de lo dispuesto en el Artículo 55.1 de la Ley 7/2011, se le conmina a
que adapte el ejercicio de la actividad a las condiciones del título habilitante presentado,
que ampara el desarrollo de la actividad de RESTAURANTE. Con tal finalidad deberá
proceder al cese de la actividad musical que se desarrolla en la terraza del
establecimiento, para lo cual se le otorga un plazo de 24 h, a contar desde la recepción
del presente oficio.
4º.- Se le advierte que en caso de no atender este requerimiento en el plazo
señalado se iniciará el procedimiento sancionador a que se refieren los artículos 69 y
siguientes de la Ley 7/2011, de 5 de abril, por la comisión de una infracción grave,
tipificada en el Art. 63.1 de la citada Ley. Se le significa que las sanciones previstas en
los art. 65 y 66 podrá consistir en la clausura del establecimiento, en el cese definitivo de
la actividad, en suspensión temporal de la misma, en reducciones de horarios o en
multas que podrían alcanzar los 30.000 €.
Lo que comunico para su conocimiento y efectos oportunos.
cve: BOE-N-2025-4f81ec8383195811ffb5f9914f1765e1da189423
Verificable en https://www.boe.es
El ruido constante y falta de licencia para Karaoke, peleas, y escándalos continuos
cada noche hasta las 24.00 horas de la noche, de lunes a domingo.