Administración Local. Asturias. Ayuntamiento De Gozón. (BOE-N-2025-542274)
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento de baja de oficio en el padrón municipal de Gozón. Expediente PA /2025/29.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ASTURIAS
AYUNTAMIENTO DE GOZÓN
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento de baja de oficio en el
padrón municipal de Gozón. Expediente PA /2025/29.
ID: N2500549296
Por el Ayuntamiento de Gozón se ha procedido a incoar de oficio expediente para
proceder a dar de baja la inscripción padronal de los/as habitantes cuyos documentos de
identidad son los siguientes: PASAPORTE BE322210 Y PASAPORTE BE326879, al
amparo de lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales (en su redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de
diciembre), siendo el motivo de su tramitación el no encontrarse acreditado que cumpla
la obligación establecida en el artículo 54 del citado Real Decreto 1690/1986, de tener
fijada su residencia en el domicilio indicado.
No habiendo podido practicar la pertinente notificación en el último domicilio
conocido, la citada resolución se notifica por medio de un anuncio publicado en el Boletín
Oficial del Estado, a los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al
objeto de que los/as interesados/as, en el plazo de 15 días, bien puedan alegar y
presentar cuantos documentos y justificantes considere oportunos para acreditar su
correcta inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de Gozón, o bien procedan a
regularizar su situación padronal según lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 54.1 del
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales,
comunicando a este Ayuntamiento la variación de su domicilio o el municipio de su actual
residencia.
El expediente se encuentra a su disposición en la Secretaría Municipal (Estadística),
en Plaza de la Villa, nº 2 de Lluanco/Luanco, en horario de 9 a 14 horas.
Transcurrido el plazo establecido sin que haya presentado las alegaciones y
documentación que estime pertinentes, se procederá de una parte, a registrar su baja en
el Padrón de Habitantes de este municipio, y de otra parte, podrán realizarse las
actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de aplicación, de
conformidad con lo dispuesto por el articulo 107 del antes citado Reglamento de
Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá Ud.
interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, a tenor de lo establecido en
los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
cve: BOE-N-2025-df2f19623631396f233072cb22f4c24a7e412897
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ASTURIAS
AYUNTAMIENTO DE GOZÓN
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento de baja de oficio en el
padrón municipal de Gozón. Expediente PA /2025/29.
ID: N2500549296
Por el Ayuntamiento de Gozón se ha procedido a incoar de oficio expediente para
proceder a dar de baja la inscripción padronal de los/as habitantes cuyos documentos de
identidad son los siguientes: PASAPORTE BE322210 Y PASAPORTE BE326879, al
amparo de lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales (en su redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de
diciembre), siendo el motivo de su tramitación el no encontrarse acreditado que cumpla
la obligación establecida en el artículo 54 del citado Real Decreto 1690/1986, de tener
fijada su residencia en el domicilio indicado.
No habiendo podido practicar la pertinente notificación en el último domicilio
conocido, la citada resolución se notifica por medio de un anuncio publicado en el Boletín
Oficial del Estado, a los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al
objeto de que los/as interesados/as, en el plazo de 15 días, bien puedan alegar y
presentar cuantos documentos y justificantes considere oportunos para acreditar su
correcta inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de Gozón, o bien procedan a
regularizar su situación padronal según lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 54.1 del
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales,
comunicando a este Ayuntamiento la variación de su domicilio o el municipio de su actual
residencia.
El expediente se encuentra a su disposición en la Secretaría Municipal (Estadística),
en Plaza de la Villa, nº 2 de Lluanco/Luanco, en horario de 9 a 14 horas.
Transcurrido el plazo establecido sin que haya presentado las alegaciones y
documentación que estime pertinentes, se procederá de una parte, a registrar su baja en
el Padrón de Habitantes de este municipio, y de otra parte, podrán realizarse las
actuaciones oportunas en relación con las sanciones que resulten de aplicación, de
conformidad con lo dispuesto por el articulo 107 del antes citado Reglamento de
Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá Ud.
interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, a tenor de lo establecido en
los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
cve: BOE-N-2025-df2f19623631396f233072cb22f4c24a7e412897
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Núm. 184