Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Sagunto/sagunt. (BOE-N-2025-543625)
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO/SAGUNT
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025
ID: N2500549501

NOTIFICACIÓN DE INFRACCIONES A LA LEY DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE
VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante LSV), se hace
pública notificación de denuncias contra las personas o entidades que a continuación se
indican por infracción a la LSV, en materia sancionadora, ya que habiéndose intentado la
notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
REQUERIMIENTO: Se advierte a los interesados que deben comparecer por sí o por
medio de representante ante la Central de Policía Local sita en Av. Fausto Caruana s/n
de 9 a 14 h. de lunes a viernes en el plazo de 20 días desde el siguiente a la publicación
del presente anuncio en este BOE. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese
comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el
día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. IDENTIFICACIÓN
CONDUCTOR: El titular del vehículo, en el caso de no ser el responsable de la
infracción, tiene la obligación de facilitar a la Administración la identificación del
conductor del vehículo en el momento de la infracción (artículo 93 LSV), en el plazo de
20 días naturales. El incumplimiento por el titular o arrendatario de la obligación de
identificar verazmente al conductor responsable, se considerará como infracción muy
grave a tenor del artículo 77.j de LSV sancionable de acuerdo con lo previsto en el
artículo 80.2b) del citado texto. ALEGACIONES: En caso de no estar conforme con la
denuncia formulada, puede presentar en el plazo de 20 días naturales desde la
notificación de la denuncia, escrito de alegaciones así como proponer o aportar las
pruebas que estime oportunas (art. 93LSV). PAGO: El importe de la multa lo podrá hacer
efectivo con una reducción del 50% dentro de los 20 días naturales contados desde el
día siguiente al de su notificación, previa obtención en las dependencias municipales
(telf. 96 265 58 58) de la correspondiente carta de pago que deberá hacer efectiva en
Bankia, Banco Santander, SabadellCAM, BBVA, La Caixa (CaixaBank), CajaMar,
CaixaPopular. El pago con reducción supondrá la renuncia a formular alegaciones, la
terminación del procedimiento el día que se realice el pago y el agotamiento de la vía
administrativa (artículo 94 de Ley 6/2015). EJECUCIÓN: Si el denunciado no formula
alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de 20 días naturales siguientes al
de la notificación de denuncia, éste surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento
sancionador. En este supuesto, la sanción podrá efectuarse transcurridos 30 días
naturales desde la notificación de la denuncia. Lo dispuesto anteriormente será de
aplicación únicamente cuando se trate de infracciones leves, infracciones graves que no
detraigan puntos e infracciones graves y muy graves cuya notificación se efectuase en el
acto de la denuncia. La terminación del procedimiento pone fin a la vía administrativa y la

cve: BOE-N-2025-b48c4c4d8919034177aa27b2f15a7502dd05b187
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Núm. 184