Administración Local. Granada. Ayuntamiento De Valle Del Zalabí. (BOE-N-2025-542697)
Anuncio de notificación de 25 de julio de 2025 en procedimiento Resolución Alcaldía de 22 de julio de 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
RESUELVO
PRIMERO. - Iniciar expediente de baja de oficio por la inscripción indebida de
D. con DNI 04665157K
D. con pasaporte número GC5452618
Dª con pasaporte número ZY0780909
vecinos de este Municipio, con domicilio en la Calle Isaac Albeniz nº 5 ático B de
Alcudia de Guadix,- Valle del Zalabí- (Granada),en el padrón municipal de habitantes de
este Ayuntamiento, por incumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 54 del
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
SEGUNDO. - Dar audiencia a los interesados para que, en el término de quince días
contados a partir del siguiente a la notificación de esta Resolución, manifiesten si están o
no de acuerdo con la baja pudiendo, en este último caso, alegar y presentar los
documentos y justificaciones que estimen pertinentes, al objeto de acreditar que es en
este municipio en el que residen el mayor número de días al año.
TERCERO. - Notificar esta resolución a los interesados, personalmente o, para el
caso de resultar negativa la notificación personal, mediante anuncio en el Boletín Oficial
del Estado, conforme a lo previsto en los artículos 42 y 44 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento,
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho
VALLE DEL ZALABI, 25 de julio de 2025.- D. Manuel Sánchez Mesa, Alcalde
Presidente
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-e7443caef20b50613236a555639bd29ddcaed23d
Verificable en https://www.boe.es
CUARTO. - Concluido el trámite de audiencia sin que los interesados muestren de
forma expresa su conformidad con la baja, recabar informe favorable de la Sección
Provincial del Consejo de Empadronamiento, previo a la declaración de baja de oficio. “
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
RESUELVO
PRIMERO. - Iniciar expediente de baja de oficio por la inscripción indebida de
D. con DNI 04665157K
D. con pasaporte número GC5452618
Dª con pasaporte número ZY0780909
vecinos de este Municipio, con domicilio en la Calle Isaac Albeniz nº 5 ático B de
Alcudia de Guadix,- Valle del Zalabí- (Granada),en el padrón municipal de habitantes de
este Ayuntamiento, por incumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 54 del
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
SEGUNDO. - Dar audiencia a los interesados para que, en el término de quince días
contados a partir del siguiente a la notificación de esta Resolución, manifiesten si están o
no de acuerdo con la baja pudiendo, en este último caso, alegar y presentar los
documentos y justificaciones que estimen pertinentes, al objeto de acreditar que es en
este municipio en el que residen el mayor número de días al año.
TERCERO. - Notificar esta resolución a los interesados, personalmente o, para el
caso de resultar negativa la notificación personal, mediante anuncio en el Boletín Oficial
del Estado, conforme a lo previsto en los artículos 42 y 44 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento,
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho
VALLE DEL ZALABI, 25 de julio de 2025.- D. Manuel Sánchez Mesa, Alcalde
Presidente
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CUARTO. - Concluido el trámite de audiencia sin que los interesados muestren de
forma expresa su conformidad con la baja, recabar informe favorable de la Sección
Provincial del Consejo de Empadronamiento, previo a la declaración de baja de oficio. “