Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Castelldefels. (BOE-N-2025-542364)
Anuncio de notificación de 24 de julio de 2025 en procedimientos de notificación de requerimiento de identificación de conductor.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE CASTELLDEFELS
Anuncio de notificación de 24 de julio de 2025 en procedimientos de notificación de
requerimiento de identificación de conductor.
ID: N2500549769
En los expedientes tramitados por la Sección de Tributos y Catastro de este
Ayuntamiento, que se relacionan, se han practicado requerimientos a los titulares de los
vehículos con los que se ha cometido la presunta infracción con la finalidad de que
procedan a la identificación del conductor necesaria para continuar con el procedimiento,
los datos de los cuales se detallan a continuación:
DNI/CIF Interesado/da Fecha requerimiento Núm. Expediente
45125734X
02/04/2025
2025/2943
36535848A
02/04/2025
2025/175
Y0697441A
15/05/2025
2025/10102
Y5603116P
23/05/2025
2025/9154
En los expedientes que se relacionan a continuación, se ha intentado la práctica de
las notificaciones de conformidad con los art. 91 del Real Decreto Legislativo 6/2015 y 40
a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas.
Las personas interesadas disponen de un plazo de 20 días naturales a contar desde
el día en que se dé por notificado el requerimiento, para identificar a la persona
conductora del vehículo en el momento de cometerse la infracción, de conformidad con
el art. 11.1.a) del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de marzo, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad
vial.
Si la persona conductora no figura inscrita en el Registro de Conductores e
Infractores, tendrán que aportar, además, copia de la autorización administrativa que la
habilite para conducir a España.
No identificar correctamente y de manera veraz al conductor presuntamente
responsable de una infracción, siguiendo los requisitos establecidos, se considera una
infracción muy grave. Esta falta puede ser sancionada con una multa equivalente al
doble del importe previsto para infracciones leves o el triple en caso de infracciones
cve: BOE-N-2025-fb9d1d15245f1174c07b2aa41097cc3d603110da
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 91 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tráfico, circulación de
vehículos a motor y seguridad vial, las notificaciones que no puedan efectuarse en la
Dirección Electrónico Vial (DEV) y, en caso de no disponer de la misma, en el domicilio
expresamente indicado para el procedimiento o, de no haber indicado ninguno, en el
domicilio que figure en los registros del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico,
se practicarán en el “Boletín Oficial del Estado” (BOE).
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE CASTELLDEFELS
Anuncio de notificación de 24 de julio de 2025 en procedimientos de notificación de
requerimiento de identificación de conductor.
ID: N2500549769
En los expedientes tramitados por la Sección de Tributos y Catastro de este
Ayuntamiento, que se relacionan, se han practicado requerimientos a los titulares de los
vehículos con los que se ha cometido la presunta infracción con la finalidad de que
procedan a la identificación del conductor necesaria para continuar con el procedimiento,
los datos de los cuales se detallan a continuación:
DNI/CIF Interesado/da Fecha requerimiento Núm. Expediente
45125734X
02/04/2025
2025/2943
36535848A
02/04/2025
2025/175
Y0697441A
15/05/2025
2025/10102
Y5603116P
23/05/2025
2025/9154
En los expedientes que se relacionan a continuación, se ha intentado la práctica de
las notificaciones de conformidad con los art. 91 del Real Decreto Legislativo 6/2015 y 40
a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas.
Las personas interesadas disponen de un plazo de 20 días naturales a contar desde
el día en que se dé por notificado el requerimiento, para identificar a la persona
conductora del vehículo en el momento de cometerse la infracción, de conformidad con
el art. 11.1.a) del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de marzo, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad
vial.
Si la persona conductora no figura inscrita en el Registro de Conductores e
Infractores, tendrán que aportar, además, copia de la autorización administrativa que la
habilite para conducir a España.
No identificar correctamente y de manera veraz al conductor presuntamente
responsable de una infracción, siguiendo los requisitos establecidos, se considera una
infracción muy grave. Esta falta puede ser sancionada con una multa equivalente al
doble del importe previsto para infracciones leves o el triple en caso de infracciones
cve: BOE-N-2025-fb9d1d15245f1174c07b2aa41097cc3d603110da
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 91 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tráfico, circulación de
vehículos a motor y seguridad vial, las notificaciones que no puedan efectuarse en la
Dirección Electrónico Vial (DEV) y, en caso de no disponer de la misma, en el domicilio
expresamente indicado para el procedimiento o, de no haber indicado ninguno, en el
domicilio que figure en los registros del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico,
se practicarán en el “Boletín Oficial del Estado” (BOE).