Administración Local. Cantabria. Ayuntamiento De Santander. (BOE-N-2025-542518)
Anuncio de notificación de 24 de julio de 2025 en procedimiento acm.res.2025.00069.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CANTABRIA
AYUNTAMIENTO DE SANTANDER
Anuncio de notificación de 24 de julio de 2025 en procedimiento acm.res.2025.00069.
ID: N2500551429

Habiendo sido imposible practicar la notificación de la resolución dictada por el
Concejal Delegado de Medio Ambiente de fecha 03/06/2025 al interesado con D.N.I:
72089149L y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1
de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
procédase a practicar la notificación por medio de anuncio en el Boletín Oficial del
Estado de la citada resolución que a continuación se transcribe: PRIMERO: Que con
fecha 22/03/2025 por los agentes de la Policía Local con nº de identificación profesional
276, 369, 394 y 483 se denuncia al interesado con D.N.I: 72089149L, por residuos
pequeños, en concreto “deja tirada lata de cerveza en un colegio público al alcance de
cualquier menor” en Avda. Los Castros (C.P. Manuel Llano) de Santander, Cantabria,
España siendo las 21:30 horas. SEGUNDO: Que según el Art. 9.2 de la Ordenanza
Municipal de Gestión de Residuos Urbanos y Limpieza Viaria, los residuos sólidos de
pequeño volumen como papeles, colillas, envoltorios y similares, deben depositarse en
las papeleras instaladas al efecto. TERCERO: Que los hechos denunciados pueden
constituir una infracción tipificada como leve por el artículo 60 de dicha Ordenanza, y
sancionable con multa de 90,00 € de acuerdo con el artículo 61 de la referida norma. Sin
perjuicio de las reducciones que se pudieran aplicar por pronto pago, el reconocimiento
de los hechos supondrá una reducción del 20 % de la sanción, todo ello a tenor de lo
dispuesto en el art. 85 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En uso de las facultades
atribuidas por la normativa vigente, y visto el artículo 63 de la ya referida Ordenanza en
concordancia con los artículos 46.3.c) y 49 de la Ley 22/11, de 28 de Julio, de Residuos y
Suelos Contaminados, así como el artículo 127.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, la
Concejalía Delegada resuelve: 1.- Incoar expediente sancionador por los hechos
anteriormente referenciados al interesado con D.N.I: 72089149L.. 2.- Nombrar instructor
del expediente a Mª. Angeles Martín Cano que podrá ser recusado de acuerdo con lo
previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. 3.- Conceder un plazo de 15 días para que pueda presentar las
alegaciones, así como aportar los documentos o justificaciones que estimen pertinentes,
contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Significarle que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64.2.f) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en caso de no efectuar alegaciones en el plazo previsto sobre el contenido del
presente acuerdo de iniciación, éste será considerado propuesta de resolución por
contener un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada,
estableciéndose, únicamente para este supuesto una sanción de 90,00 euros. 4.- El
órgano competente para resolver es la Concejalía Delegada, por delegación otorgada
por Decreto de Alcaldía (artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local). RECURSOS: Contra esta resolución, al ser de trámite, no
cabe recurso alguno. NOTA INFORMATIVA: En aplicación de lo dispuesto en el artículo
12 de la Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el

cve: BOE-N-2025-4dc51a7b26ad5d576aeba1e41cd8c31629b7c4c3
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Núm. 184