Administración Local. Lleida. Ayuntamiento De Lleida. (BOE-N-2025-542967)
Anuncio de notificación de 23 de julio de 2025 en procedimiento sancionador.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
LLEIDA
AYUNTAMIENTO DE LLEIDA
Anuncio de notificación de 23 de julio de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500550542

EDICTO
Primero.- De conformidad con lo establecido en los artículos 44 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas, se notifica a las personas que se relacionan en la tabla aneja el acuerdo de
inicio del procedimiento sancionador incoado contra ellas a consecuencia de la presunta
comisión, por su parte, de una infracción prevista en las Ordenanzas o Reglamentos
Municipales de la ciudad de Lleida, dado que se ha intentado realizar la notificación y ha
resultado infructuosa.
Segundo:- Tal como establece el artículo 80 bis i 108 del Decreto Legislativo 1/2009,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de residuos,
las personas relacionadas disponen de un plazo de 8 días hábiles, a contar a partir del
día siguiente de la publicación del presente edicto, para formular alegaciones y, si cabe,
proponer o aportar las pruebas que estimen oportunas, o para reconocer
voluntariamente su responsabilidad o bien para realizar el pago voluntario con la
reducción del importe de la sanción en un 50%. En este último caso será necesario que
se pongan en contacto con el departamento municipal de Seguridad Ciudadana (teléfono
973 700 499; correo electrónico: controlreglamentari@paeria.es).
Si se efectúa el pago voluntario dentro del citado plazo de ocho días surtirán efecto
las disposiciones establecidas en el art. 80 bis del Decreto Legislativo 1/2009, con las
siguientes consecuencias:
Reconocimiento de responsabilidad y renuncia a formular alegaciones. En el caso
que se formulen se tendrán por no presentadas.
Se finaliza el procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día que se
realice el pago, siendo únicamente recurrible la sanción ante el órgano jurisdiccional
contencioso administrativo.
Si no se realiza el pago voluntario de la sanción con las condiciones indicadas, se
seguirá el procedimiento sancionador ordinario.
Tercero.- Transcurrido el citado plazo de ocho días hábiles, si se han presentado
alegaciones, éstas se tendrán en cuenta y se valoraran en la Propuesta de Resolución
que se dictará al efecto. Dicha propuesta se notificará a la persona interesada en la
forma legalmente prevista al efecto.
Cuarto.- De conformidad con lo establecido en el art. 64.2.f) de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas,
en el caso de que no se efectúen alegaciones en el plazo previsto sobre el contenido del
acuerdo de inicio, ni se acoja al procedimiento abreviado, el acuerdo de inicio será
considerado propuesta de resolución.

cve: BOE-N-2025-0cc76ce83c1f941499d08ce5e1f80e38e694a84f
Verificable en https://www.boe.es

Se aplicará una reducción de un 50% del importe de la sanción.