Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Dosrius. (BOE-N-2025-542375)
Anuncio de notificación de 23 de julio de 2025 en procedimiento Notificación infructuosa exp 1354/2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 7
- Que he recibido notificación del acuerdo de inicio de un procedimiento sancionador
núm. ***** a mi nombre y que propone la imposición de una multa de total.
- Que desisto o renuncio a realizar cualquier acción o interponer cualquier recurso en
vía administrativa, a fin de beneficiarme de las reducciones que se establecen en el
apartado sexto de la notificación, realizando el pago voluntario de la multa (20%
reducción) y reconociendo mi responsabilidad en la comisión de la presunta infracción
(20%reducción) y presenta dicha renuncia.
Firmado en (municipio), Fecha (XXX)
Firma
Tercero.- NOMBRAR instructor del expediente al funcionario de este Ayuntamiento
(...) y secretaria a la funcionaria de este Ayuntamiento (...), lo que se comunica a los
debidos efectos de abstención y recusación, de acuerdo con lo que establecen los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de R1 de octubre de 1 de octubre.
Cuarto.- COMUNICAR la presente resolución al instructor del procedimiento con
traslado de cuantas actuaciones existan al respecto.
Quinto.- NOTIFICAR el contenido de este acuerdo de incoación del expediente
sancionador a los interesados y otorgarles un plazo de DIEZ DÍAS hábiles para formular
alegaciones y de audiencia en el procedimiento.
En el supuesto de no efectuar alegaciones dentro del plazo previsto sobre el
contenido del acuerdo de iniciación, éste será considerado propuesta de resolución en
tanto que contiene un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada, de
conformidad con el artículo 64.2.f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Lo manda y lo firma electrónicamente la alcaldesa, ante el secretario accidental (a los
únicos efectos de fe pública, de acuerdo con el art. 3.2.h del R.D. 128/2018).”
Lo que le comunico a los efectos establecidos por el artículo 21 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, indicándole que éste es un acto de trámite, no definitivo en vía administrativa y,
por tanto, no es susceptible de recurso, y ello sin perjuicio de que pueda ejercitarlo de la
Ley 39/2015. “
cve: BOE-N-2025-b9ae5b6e659b00830ff7c9fa3822020eeabd466e
Verificable en https://www.boe.es
Dosrius, 23 de julio de 2025.- La alcaldesa , Silvia Garrido Galera
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 7
- Que he recibido notificación del acuerdo de inicio de un procedimiento sancionador
núm. ***** a mi nombre y que propone la imposición de una multa de total.
- Que desisto o renuncio a realizar cualquier acción o interponer cualquier recurso en
vía administrativa, a fin de beneficiarme de las reducciones que se establecen en el
apartado sexto de la notificación, realizando el pago voluntario de la multa (20%
reducción) y reconociendo mi responsabilidad en la comisión de la presunta infracción
(20%reducción) y presenta dicha renuncia.
Firmado en (municipio), Fecha (XXX)
Firma
Tercero.- NOMBRAR instructor del expediente al funcionario de este Ayuntamiento
(...) y secretaria a la funcionaria de este Ayuntamiento (...), lo que se comunica a los
debidos efectos de abstención y recusación, de acuerdo con lo que establecen los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de R1 de octubre de 1 de octubre.
Cuarto.- COMUNICAR la presente resolución al instructor del procedimiento con
traslado de cuantas actuaciones existan al respecto.
Quinto.- NOTIFICAR el contenido de este acuerdo de incoación del expediente
sancionador a los interesados y otorgarles un plazo de DIEZ DÍAS hábiles para formular
alegaciones y de audiencia en el procedimiento.
En el supuesto de no efectuar alegaciones dentro del plazo previsto sobre el
contenido del acuerdo de iniciación, éste será considerado propuesta de resolución en
tanto que contiene un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada, de
conformidad con el artículo 64.2.f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Lo manda y lo firma electrónicamente la alcaldesa, ante el secretario accidental (a los
únicos efectos de fe pública, de acuerdo con el art. 3.2.h del R.D. 128/2018).”
Lo que le comunico a los efectos establecidos por el artículo 21 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, indicándole que éste es un acto de trámite, no definitivo en vía administrativa y,
por tanto, no es susceptible de recurso, y ello sin perjuicio de que pueda ejercitarlo de la
Ley 39/2015. “
cve: BOE-N-2025-b9ae5b6e659b00830ff7c9fa3822020eeabd466e
Verificable en https://www.boe.es
Dosrius, 23 de julio de 2025.- La alcaldesa , Silvia Garrido Galera
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X