Administración Local. Murcia. Ayuntamiento De Alhama De Murcia. (BOE-N-2025-543168)
Anuncio de notificación de 15 de julio de 2025 en procedimiento sancionador.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

Supl. N. Pág. 2

vulneración de lo dispuesto en el artículo 37.4 de la Ley Orgánica 4/2015 de 30 de Marzo
de Protección de la Seguridad Ciudadana, pudiendo ser, en su caso, sancionado con
multa pecuniaria de 100 hasta 600 € a tenor del artículo 39 de dicha Ley.
SEGUNDO.- Conceder al denunciado un plazo de quince días, a contar a partir del
día siguiente al de la notificación del presente decreto, para que, en su caso, presente
por escrito cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime conveniente y
proponga, la práctica de las pruebas que considere oportuno.
TERCERO.-Se pone en conocimiento del interesado que, en el mismo plazo de
tiempo (15 días a contar a partir del día siguiente al de la notificación del presente
decreto), podrá reconocer su responsabilidad y realizar el pago voluntario del importe de
la sanción, en la Oficina de Atención al Contribuyente de Alhama de Murcia (en horario
de 9:00 a 14:00 horas, teléfono 968636780), lo cual determinará una reducción del 50%
de la sanción propuesta, quedando esta en la cantidad de 50,00 euros, lo que conllevará
la renuncia a formular alegaciones por su parte, y en el caso de hacerlo se tendrán por
no presentadas, suponiendo la terminación del procedimiento el día en que realice el
pago sin necesidad de dictar resolución expresa, siendo recurrible la sanción únicamente
ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
CUARTO.-Adviértase al interesado que, en caso de no formular alegaciones, ni
abonar el importe de la multa en el plazo indicado de 15 días siguientes al de la
notificación de la denuncia, ésta podrá ser considerada propuesta de resolución, con una
sanción de 100,00 euros de multa.
QUINTO.-Nombrar instructor del expediente a D. José Antonio Guerrero Alemán y
secretario a D. Juan Martínez Belchí, estando ambos sometidos al régimen de
recusación y abstención previsto en los artículos 23 y 24 de la ley 40/2015 de 1 de
Octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTO.-Notifíquese al interesado y comuníquese a la instructora y secretario del
expediente, para su conocimiento y efectos oportunos.

Lo que traslado para su conocimiento y efectos, haciéndole saber que contra la
presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer alegaciones
en el plazo de diez días a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la
presente, así como presentar cuantos documentos u otros elementos de juicio considere
pertinentes, advirtiéndole que, en caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado,
el presente acuerdo de inicio de procedimiento sancionador podrá ser considerado
propuesta de resolución, en virtud de lo previsto en el art. 64 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".
Alhama de Murcia, 15 de julio de 2025.- La Concejala de Seguridad CiudadanaLeticia Pareja Agulló

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-1d765908d48417f691f68ce773afb4ee67cf0922
Verificable en https://www.boe.es

SÉPTIMO.-Que finalizada la instrucción se remita a esta Concejalía para dictar
Resolución.