Administración Local. Sevilla. Ayuntamiento De Sevilla. (BOE-N-2025-543421)
AGENCIA TRIBUTARIA DE SEVILLA. Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en procedimiento sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
AGENCIA TRIBUTARIA DE SEVILLA. Anuncio de notificación de 29 de julio de 2025 en
procedimiento sancionador.
ID: N2500550676

ANUNCIO DE RESOLUCIONES DE RECURSOS DE TRÁFICO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del T.R. de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial RDL 6/2015, 30 de Octubre,
BOE nº. 261 de 31 de Octubre, se hace público lo siguiente:
La Gerente de la Agencia Tributaria de Sevilla, por delegación del Excelentísimo Sr.
Alcalde, conferida por Resolución nº 921 de 30 de Septiembre de 2024 (BOP nº 192 de 2
de Octubre de 2024), ha dictado resolución, contestando a los Recursos de Reposición
interpuestos contra las resoluciones sancionadoras recaídas en los expedientes que
integran la presente publicación, con el contenido que se indica para cada expediente,
ordenando la notificación a los interesados con traslado del informe emitido por el
Departamento de Gestión de Sanciones, que servirá de motivación a la resolución
dictada en cada caso.
De conformidad con el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del
Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, (BOE nº. 236, de 2 de
octubre de 2015), por si la presente publicación pudiera lesionar derechos o intereses
legítimos de los ciudadanos destinatarios de la misma, se comunica a los interesados
que podrán comparecer en el Departamento de Gestión de Sanciones, PREVIA CITA,
que puede obtener a través de la Oficina Virtual https://www.sevilla.org/citasweb/ o
telefónicamente en el 954308926, a fin de conocer el contenido íntegro de la resolución
de que se trata, y dejar constancia de tal conocimiento. En todo caso, transcurrido el
periodo de 20 días naturales desde que la presente notificación se hubiese publicado en
el BOE, se entenderá que ésta ha sido practicada, dándose por cumplido dicho trámite
como así prevé el artículo 91 de la LSV.
Contra las resoluciones recaídas, que son definitivas en vía administrativa, podrá
interponer directamente, y en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al
de expiración del período de exposición del presente anuncio en BOE, recurso
contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso administrativo de Sevilla (o
a su elección, en aquél que tenga Vd. su domicilio) conforme a lo dispuesto en el artículo
114.c) de la Ley 39/2015 antes citada y en los artículos 14.1, regla 2a y 46 de la ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No
obstante, las resoluciones contenidas en la presente relación, ponen fin a la vía
administrativa y conforme al artículo 96 de la LSV la interposición del recurso de
Reposición no ha suspendido la ejecución del acto que se ha impugnado ni la de la
sanción impuesta. Asimismo y de conformidad con el precepto citado, la solicitud de la
suspensión de la ejecución, se entenderá denegada si transcurrido el plazo de un mes
desde su solicitud, ésta no se hubiera resuelto.
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Núm. 184