Administración Local. Illes Balears. Consejo Insular De Ibiza. (BOE-N-2025-530877)
TRANSPORTES. Anuncio de notificación de 24 de julio de 2025 en procedimiento de Resolución de Declaración de Caducidad en expediente sancionador en materia de transportes del Consell Insular de Ibiza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Martes 29 de julio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
CONSEJO INSULAR DE IBIZA
TRANSPORTES. Anuncio de notificación de 24 de julio de 2025 en procedimiento de
Resolución de Declaración de Caducidad en expediente sancionador en materia de
transportes del Consell Insular de Ibiza.
Habiéndose intentado, por los medios legalmente establecidos, la notificación
personal de la resolución de declaración de caducidad del procedimiento sancionador
abajo referenciado y dado que no hay constancia en el expediente de la recepción por la
persona interesada, de acuerdo con lo que dispone el artículo 45 y 46 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones
públicas, se procede a continuación a indicar la referencia de los mismos y se pone en
conocimiento de los interesados que podrán recoger la notificación debidamente
acreditados, por si mismo o a través de sus representantes, en el plazo de 10 hábiles de
días hábiles a contar desde el siguiente a la de la presente publicación en el BOE, en el
departamento de Transportes del Consell Insular de Ibiza, av. España, 4a planta, Ibiza.
Transcurrido este plazo el acto se entenderá notificado a todos los efectos,
comunicándole que de conformidad con el artículo 8.3 del Decreto Balear 14/1994, de 10
de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir en el
ejercicio de la potestad sancionadora las personas presuntamente responsables de los
hechos tienen derecho a alegar y presentar los documentos y justificantes que
consideren convenientes para su defensa, así como proponer prueba, en el plazo de
quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente
propuesta de resolución. Así mismo, se les comunica, que si no efectúan las alegaciones
dentro del plazo indicado, y atendiendo que el acuerdo transcrito contiene
pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada, el acuerdo de inicio se
podrá considerar como propuesta de resolución, tal y como dispone el artículo 8.4 del
Decreto Balear 14/1994, de 10 de febrero.
En el caso de reconocer voluntariamente su responsabilidad en los hechos, se podrá
resolver el procedimiento con la imposición de la sanción que corresponde, y se les
facilitará la documentación necesaria para efectuar el pago de la sanción.
Expediente 125/2025-1740 - Denunciado DNI 41461929J
Ibiza, 24 de julio de 2025.- El jefe de Sección de Inspección y Sancionadores.
Alejandro Torres Tur.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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