Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Valencia. (BOE-N-2025-531406)
SERVICIO DE LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS. Anuncio de notificación de 22 de julio de 2025 en procedimiento de la audiencia previa a la orden de limpieza del solar sito en València, C/ San Salvador 2, a la propietaria del mismo (Expediente 02801 2025 1395).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
SERVICIO DE LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS. Anuncio de notificación de 22
de julio de 2025 en procedimiento de la audiencia previa a la orden de limpieza del solar
sito en València, C/ San Salvador 2, a la propietaria del mismo (Expediente 02801 2025
1395).
ID: N2500532628
De conformidad con lo establecido en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
por el presente edicto se notifica el trámite de audiencia, de fecha 02 de julio de 2025, al
haber sido devuelta por Correos como desconocido, que dice lo siguiente:
“La Sección Técnica del Servicio de Limpieza y Recogida de Residuos, informa con
fecha 30 de junio de 2025 que, realizada visita de comprobación en el solar sito en
C/San Salvador, 2 (Referencia Catastral 7182122YJ2678C), se incumple lo establecido
en el art. 15 del Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado
por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre y en los arts. 16 a 18 de la
Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana.
Elaborado estudio de las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias que
presenta el inmueble, se concluye que Amparo Tamarit Soler, como propietaria, deberá
realizar la limpieza y retirada de las hierbas y residuos.
Por todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el art. 82 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se da traslado de los trabajos a realizar en el solar, previamente a resolver la
orden de ejecución, concediéndose un plazo de audiencia de 15 días para que pueda
alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime oportunos.”
València a , 22 de julio de 2025.- El Secretario, José Vicente Ruano Vila
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-1b1b12c804cda1aeaea8624ed489aa787580b20e
Verificable en https://www.boe.es
En el caso de que la propiedad no ejecutara dichos trabajos, éstos se llevarán a cabo
por parte del Ayuntamiento con carácter de ejecución subsidiaria, en cuyo caso se
levantará la correspondiente acta de infracción por incumplimiento de la Ordenanza
Municipal de Limpieza Urbana dando traslado de la misma al Servicio encargado de la
instrucción del procedimiento sancionador, trasladando igualmente los gastos de su
ejecución su propietario.
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
SERVICIO DE LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS. Anuncio de notificación de 22
de julio de 2025 en procedimiento de la audiencia previa a la orden de limpieza del solar
sito en València, C/ San Salvador 2, a la propietaria del mismo (Expediente 02801 2025
1395).
ID: N2500532628
De conformidad con lo establecido en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
por el presente edicto se notifica el trámite de audiencia, de fecha 02 de julio de 2025, al
haber sido devuelta por Correos como desconocido, que dice lo siguiente:
“La Sección Técnica del Servicio de Limpieza y Recogida de Residuos, informa con
fecha 30 de junio de 2025 que, realizada visita de comprobación en el solar sito en
C/San Salvador, 2 (Referencia Catastral 7182122YJ2678C), se incumple lo establecido
en el art. 15 del Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado
por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre y en los arts. 16 a 18 de la
Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana.
Elaborado estudio de las actuaciones necesarias para subsanar las deficiencias que
presenta el inmueble, se concluye que Amparo Tamarit Soler, como propietaria, deberá
realizar la limpieza y retirada de las hierbas y residuos.
Por todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el art. 82 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se da traslado de los trabajos a realizar en el solar, previamente a resolver la
orden de ejecución, concediéndose un plazo de audiencia de 15 días para que pueda
alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime oportunos.”
València a , 22 de julio de 2025.- El Secretario, José Vicente Ruano Vila
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-1b1b12c804cda1aeaea8624ed489aa787580b20e
Verificable en https://www.boe.es
En el caso de que la propiedad no ejecutara dichos trabajos, éstos se llevarán a cabo
por parte del Ayuntamiento con carácter de ejecución subsidiaria, en cuyo caso se
levantará la correspondiente acta de infracción por incumplimiento de la Ordenanza
Municipal de Limpieza Urbana dando traslado de la misma al Servicio encargado de la
instrucción del procedimiento sancionador, trasladando igualmente los gastos de su
ejecución su propietario.