Administración Local. Sevilla. Ayuntamiento De Sevilla. (BOE-N-2025-531300)
SERVICIO DE GESTIÓN Y CONVENIOS URBANÍSTICOS. Anuncio de notificación de 11 de julio de 2025 en procedimiento Expte. 24/24 REP. Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la redelimitación del ámbito de actuación del Plan Especial de Reforma Interior Odiel-Chapina, y se aprueba el Proyecto de Reparcelación de esta Unidad de Ejecución, al resultar imposible practicar notificación personal a las personas que se indican.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Martes 29 de julio de 2025

Supl. N. Pág. 2

A pesar del tiempo transcurrido, los terrenos siguen en la actualidad sin gestionar,
constituyendo un vacío urbano delimitado por las indicadas calles, por lo que esta
persistente inactividad privada demanda que la Administración urbanística y titular de
una superficie de 2.319.29 m² de dicho suelo adopte las medidas necesarias, iniciando
de oficio, aquellos procedimientos urbanísticos que recogidos en el marco legislativo
autonómico (Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del
territorio de Andalucía, en adelante LISTA) permitan su gestión conforme a las
determinaciones del planeamiento urbanístico, configurando parcelas urbanísticas aptas
para la edificación, así como la obtención de los bienes y derechos que le correspondan,
dándose también cumplimiento al principio de “preferencia en la culminación de las
actuaciones urbanísticas y de transformación urbanística ya iniciadas frente a los nuevos
desarrollos” previsto el artículo 4.2.c) de la citada norma autonómica.
Consta en el expediente informe del Servicio de Gestión y Convenios Urbanístico de
esta Gerencia de fecha 30 del pasado mes de octubre en el que se concluye que:
“Los terrenos del PERI tienen encaje dentro del denominado suelo urbano sujeto a
una actuación urbanística (artículo 24.2 LISTA), y ello porque las actuaciones a realizar
en su ámbito no tienen por objeto una mejora urbana o de reforma interior de las
definidas en la LISTA, pero se requiere la obtención de sistemas locales, mejorar y
completar la urbanización existente.
Que es necesario redelimitar el ámbito excluyendo la parcela edificada y donde se
encuentra ubicado el Centro de Salud El Cachorro.
Que de conformidad con el artículo 88.3 LISTA y 124.2 de su Reglamento, procede
gestionar el ámbito del PERI como una actuación asistemática, cuya actividad de gestión
consistirá, conforme a los arts. 135 y 237.4 del Reglamento LISTA en la redacción de un
Proyecto de Reparcelación con las finalidades previstas en el art. 140 del citado
Reglamento.

Por tanto, conforme a los antecedentes y propuesta que se contienen en el citado
informe, mediante resolución del Gerente de Urbanismo y Medio Ambiente de 6 de
noviembre de 2024, nº 5.579 del Libro de Resoluciones se iniciaron de oficio
simultáneamente procedimientos para declarar la innecesariedad del sistema de
actuación por compensación, para la gestión de dicho vacío urbano, redelimitar el ámbito
sujeto a actuación urbanística que se desarrollará mediante ejecución asistemática y,
determinar, como instrumento de equidistribución, un proyecto de reparcelación, a
formular de oficio por la Administración Actuante, encomendándose a la Unidad
Administrativa competente la redacción de los Proyectos que sean necesarios.
A tales efectos, por el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos de la Gerencia
de Urbanismo y Medio Ambiente (GUMA) con fecha 24 de junio de 2025 se ha redactado
Proyecto de redelimitación del ámbito sujeto a actuación urbanística y fijación de la
modalidad asistemática, toda vez que dentro del polígono de ejecución delimitado en su
día por el citado PERI ya está edificada la denominada parcela nº1 (Centro de Salud El
Cachorro) y ejecutada en parte la urbanización, quedando excluida, por una parte dicha
parcela y, por otra, se ha incluido un tramo de aproximadamente 20 m² de la actual calle
Doctores Lasso y Simarro en sentido hacia la Plaza de Chapina.
Por todo ello, el Gerente que suscribe se hora en proponer la adopción de los
siguientes
ACUERDOS
PRIMERO.- Aprobar la redelimitación del ámbito de actuación urbanística del Plan
Especial de Reforma Interior Odiel-Plaza de Chapina, según Proyecto redactado de
oficio por el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos de la GUMA con fecha 26 de

cve: BOE-N-2025-51d5cdcd3760325d804303635e85ca458bcf1c41
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Y finalmente puesto que la actuación será asistemática, procede en primer término o
simultáneamente tramitar la innecesaridad del sistema de actuación por compensación”.