Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Valencia. (BOE-N-2025-532377)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SUECA. Anuncio de notificación de 23 de julio de 2025 en procedimiento art. 199 de la Ley Hipotecaria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Supl. N. Pág. 2
DESCRIPCIÓN REGISTRAL QUE SE PRETENDE INSCRIBIR: "RUSTICA: Tierra
campa, sita en Albalat de la Ribera, partida de la Mola al Sirerer. De cabida, según la
base gráfica inscrita, cuatro mil setenta metros y cuarenta y cinco decímetros cuadrados.
Linda, Norte, polígono 17, parcela 9020, referencia catastral 46008A017090200000UD,
sequia, Comunidad de Regantes; Sur, polígono 17, parcela 9077, referencia catastral
46008A017090770000UM, Senda del Cirerer, titular en investigación; Este, de los
cónyuges don Román Fabra Pérez y doña Josefa Francisca Matoses Talens; Oeste, de
la mercantil "Econatur Fruits, S.L.", y otra de don Ramón Mascarell Selles.REFERENCIA CATASTRAL: 46008A017001490000UK.- Polígono 17, parcela 149".
TITULAR REGISTRAL: DOÑA MARIA PILAR MONTAGUD FABRA.
La representación geográfica cuya inscripción se solicita podrá consultarse en https://
geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/46047000043080.
DATOS FINCA COLINDANTE:
Titular principal colindante: EN INVESTIGACION.
Referencia Catastral nº 46008A017090770000UM, polígono 17, parcela 9077.
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se le notifica:
1.- Que se ha iniciado el procedimiento de inscripción gráfica y coordinación con el
catastro regulado en dicho artículo 199 de la Ley Hipotecaria así como en los artículos 9
y 10 de la misma, en relación con la finca cuyos datos y titular se indican más adelante.
2.-, Que la inscripción gráfica y coordinación con el catastro consiste en inscribir en el
Registro el listado de coordenadas que delimitan la parcela catastral colindante, lo cual
llevará consigo necesariamente la rectificación de la superficie que figure en Registro de
dicha finca colindante para adecuarla a la superficie gráfica catastral.
3.- Pero lo anterior debe entenderse en el sentido de que la inscripción gráfica y
rectificación de superficie de la finca colindante no supone modificación o rectificación de
la delimitación gráfica y superficie de su parcela catastral ni de los datos descriptivos que
consten en la inscripción de su finca en el Registro.
5.- Conforme al precepto legal citado, caso de que quiera efectuar las alegaciones
que a su derecho convenga, podrá realizarlas en el plazo de los veinte días siguientes a
la recepción de la presente notificación, compareciendo personalmente en el Registro, o
también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma legitimada,
notarialmente. Caso de actuar en representación de personas jurídicas u otras personas
físicas deberá acreditarse dicha representación. Todo lo anterior, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de SUECA. Calle La Punta, 23. Sueca -46410-.
Referencia entrada: Asiento 2146 del Diario 2025.
Y PARA QUE CONSTE, a los efectos del procedimiento regulado en el artículo 199
de la Ley Hipotecaria, expido la presente certificación, que firmo en la Ciudad de Sueca
Sueca, 23 de julio de 2025.- El/La Registrador/a, María del Carmen Gómez Dura
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-48db8ce4c0150d00bca325c930fc1eab2900be0a
Verificable en https://www.boe.es
4.- Que no obstante lo anterior, el artículo 199 citado de la Ley Hipotecaria establece
la necesidad de notificar dicha circunstancia a los colindantes, para que en el caso de
considerar que la delimitación catastral no se corresponde con la realidad física de las
fincas, puedan efectuar las alegaciones oportunas en el plazo de 20 días hábiles
contados desde el siguiente al que reciba usted la presente notificación.
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Supl. N. Pág. 2
DESCRIPCIÓN REGISTRAL QUE SE PRETENDE INSCRIBIR: "RUSTICA: Tierra
campa, sita en Albalat de la Ribera, partida de la Mola al Sirerer. De cabida, según la
base gráfica inscrita, cuatro mil setenta metros y cuarenta y cinco decímetros cuadrados.
Linda, Norte, polígono 17, parcela 9020, referencia catastral 46008A017090200000UD,
sequia, Comunidad de Regantes; Sur, polígono 17, parcela 9077, referencia catastral
46008A017090770000UM, Senda del Cirerer, titular en investigación; Este, de los
cónyuges don Román Fabra Pérez y doña Josefa Francisca Matoses Talens; Oeste, de
la mercantil "Econatur Fruits, S.L.", y otra de don Ramón Mascarell Selles.REFERENCIA CATASTRAL: 46008A017001490000UK.- Polígono 17, parcela 149".
TITULAR REGISTRAL: DOÑA MARIA PILAR MONTAGUD FABRA.
La representación geográfica cuya inscripción se solicita podrá consultarse en https://
geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/46047000043080.
DATOS FINCA COLINDANTE:
Titular principal colindante: EN INVESTIGACION.
Referencia Catastral nº 46008A017090770000UM, polígono 17, parcela 9077.
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se le notifica:
1.- Que se ha iniciado el procedimiento de inscripción gráfica y coordinación con el
catastro regulado en dicho artículo 199 de la Ley Hipotecaria así como en los artículos 9
y 10 de la misma, en relación con la finca cuyos datos y titular se indican más adelante.
2.-, Que la inscripción gráfica y coordinación con el catastro consiste en inscribir en el
Registro el listado de coordenadas que delimitan la parcela catastral colindante, lo cual
llevará consigo necesariamente la rectificación de la superficie que figure en Registro de
dicha finca colindante para adecuarla a la superficie gráfica catastral.
3.- Pero lo anterior debe entenderse en el sentido de que la inscripción gráfica y
rectificación de superficie de la finca colindante no supone modificación o rectificación de
la delimitación gráfica y superficie de su parcela catastral ni de los datos descriptivos que
consten en la inscripción de su finca en el Registro.
5.- Conforme al precepto legal citado, caso de que quiera efectuar las alegaciones
que a su derecho convenga, podrá realizarlas en el plazo de los veinte días siguientes a
la recepción de la presente notificación, compareciendo personalmente en el Registro, o
también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma legitimada,
notarialmente. Caso de actuar en representación de personas jurídicas u otras personas
físicas deberá acreditarse dicha representación. Todo lo anterior, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de SUECA. Calle La Punta, 23. Sueca -46410-.
Referencia entrada: Asiento 2146 del Diario 2025.
Y PARA QUE CONSTE, a los efectos del procedimiento regulado en el artículo 199
de la Ley Hipotecaria, expido la presente certificación, que firmo en la Ciudad de Sueca
Sueca, 23 de julio de 2025.- El/La Registrador/a, María del Carmen Gómez Dura
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-48db8ce4c0150d00bca325c930fc1eab2900be0a
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4.- Que no obstante lo anterior, el artículo 199 citado de la Ley Hipotecaria establece
la necesidad de notificar dicha circunstancia a los colindantes, para que en el caso de
considerar que la delimitación catastral no se corresponde con la realidad física de las
fincas, puedan efectuar las alegaciones oportunas en el plazo de 20 días hábiles
contados desde el siguiente al que reciba usted la presente notificación.