Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Málaga. (BOE-N-2025-532136)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MIJAS 2. Anuncio de notificación de 23 de julio de 2025 en procedimiento Artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Martes 29 de julio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
MÁLAGA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MIJAS 2. Anuncio de notificación de 23 de julio de
2025 en procedimiento Artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
ID: N2500536829

Notificación a colindante del inicio del procedimiento que se regula en el artículo 199 de
la Ley Hipotecaria
REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO DOS DE MIJAS.
Camino del Albero, número 23. Mijas 29649
Telf: +34 952 585 340
Correo electrónico: mijas2@registrodelapropiedad.org
Información del expediente del art. 199 de la Ley Hipotecaria
Por la presente se le comunica que ha presentado en este Registro el día
17/06/2025, causando el 5900 del diario 2025, la documentación necesaria para inscribir
la base gráfica de la finca 16236 -con código registral único 29044000042221-, que
puede
comprobar
en
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idtramite/
ID29044200000703 o en la Sede Electrónica del Catastro (www.sedecatastro.gob.es)
mediante el siguiente CSV: G1P6XA977TRNV48X.
Por ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se le
notifica formalmente en su condición de colindante -como titular de la parcela cuya
referencia catastral es 1246128UF5414N-, el inicio del expediente para inscribir la
representación geográfica georreferenciada de la nombrada finca, lo que podría afectar a
la delimitación de la finca de su propiedad según resulta del contenido de este Registro.
En el plazo de veinte días hábiles desde la recepción de la presente podrá justificar
documentalmente lo que a su derecho convenga, bien personalmente -previa solicitud-,
por escrito con firma legitimada notarialmente o con firma electrónica reconocida y
presentada telemáticamente en el Registro de la Propiedad. Si actúa por medio de
representante deberá éste acreditar la representación, remarcando que no se tendrán en
consideración documentos que no sean auténticos, ya sean principales o
complementarios, debiendo evitarse, por lo tanto, la aportación de cualquier fotocopia
incluso a color.
En este punto es necesario recalcar que, a la vista de la documentación presentada
–de la que no se dará noticias durante la tramitación del expediente a ninguna de las

cve: BOE-N-2025-0fefa9b4b80ea9359739a01f7344e7550f44e825
Verificable en https://www.boe.es

Persona notificada: BECKERINGH MARCELLA