Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Valencia. (BOE-N-2025-532359)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALBAIDA. Anuncio de notificación de 24 de julio de 2025 en procedimiento Rectificación de cabida y lindes de la finca registral número 10546 de Albaida (Valencia).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Supl. N. Pág. 2
Urbana: Solar en término de Albaida, partida del Rafelet, destinado a edificación,
urbanización Sector Residencial La Torre, sin número, manzana B, con acceso principal
desde calle Pintor Francisco Ridaura, número dos; con una superficie de terreno de mil
novecientos ochenta metros con veintidós decímetros cuadrados. Linda: Norte, edificio
recayente a la carretera Ontinyent número quince; Sur, calle Pintor Francisco Ridaura;
Este, camino de Ontinyent; y fondo, suelo propiedad del Ayuntamiento de Albaida.
Referencia catastral: 5319102YJ1051N0001YB.
La representación gráfica georreferenciada de la finca cuya inscripción se solicita
podrá
consultarse
en
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/
46001000793567.
Conforme al mismo precepto legal, se podrá comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la publicación de la notificación en el Boletín Oficial del Estado, ante el
Registrador, para alegar lo que convenga. A la vista de las alegaciones efectuadas, en
su caso, el Registrador decidirá motivadamente según su prudente criterio, sin que la
mera oposición de quien no haya acreditado ser titular registral de la finca o de
cualquiera de las registrales colindantes determine necesariamente la denegación de la
inscripción.
También se pueden remitir las alegaciones por escrito con firma legitimada, o con
firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la representación en la que se
actúe.
Todo ello, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de Albaida (Valencia)
Avenida de la Feria, número 1, entresuelo 5.
46860 - Albaida (Valencia)
Observaciones: Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38
de la misma Ley, que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y
delimitación geográfica expresadas en la información gráfica que se haya incorporada al
folio real.
cve: BOE-N-2025-2c23a509e4cb9c127a10f2e255c2877225bb6fba
Verificable en https://www.boe.es
Albaida, 24 de julio de 2025.- El/La Registrador/a, Gema Reig Palmero
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 181
Martes 29 de julio de 2025
Supl. N. Pág. 2
Urbana: Solar en término de Albaida, partida del Rafelet, destinado a edificación,
urbanización Sector Residencial La Torre, sin número, manzana B, con acceso principal
desde calle Pintor Francisco Ridaura, número dos; con una superficie de terreno de mil
novecientos ochenta metros con veintidós decímetros cuadrados. Linda: Norte, edificio
recayente a la carretera Ontinyent número quince; Sur, calle Pintor Francisco Ridaura;
Este, camino de Ontinyent; y fondo, suelo propiedad del Ayuntamiento de Albaida.
Referencia catastral: 5319102YJ1051N0001YB.
La representación gráfica georreferenciada de la finca cuya inscripción se solicita
podrá
consultarse
en
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/
46001000793567.
Conforme al mismo precepto legal, se podrá comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la publicación de la notificación en el Boletín Oficial del Estado, ante el
Registrador, para alegar lo que convenga. A la vista de las alegaciones efectuadas, en
su caso, el Registrador decidirá motivadamente según su prudente criterio, sin que la
mera oposición de quien no haya acreditado ser titular registral de la finca o de
cualquiera de las registrales colindantes determine necesariamente la denegación de la
inscripción.
También se pueden remitir las alegaciones por escrito con firma legitimada, o con
firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la representación en la que se
actúe.
Todo ello, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de Albaida (Valencia)
Avenida de la Feria, número 1, entresuelo 5.
46860 - Albaida (Valencia)
Observaciones: Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38
de la misma Ley, que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y
delimitación geográfica expresadas en la información gráfica que se haya incorporada al
folio real.
cve: BOE-N-2025-2c23a509e4cb9c127a10f2e255c2877225bb6fba
Verificable en https://www.boe.es
Albaida, 24 de julio de 2025.- El/La Registrador/a, Gema Reig Palmero
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X